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LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

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«...la definición de minoría en cualquier localidad queda a criterio de la Asamblea EspiritualNacional. Es claro que los pioneros de otros países no deben considerarse como minoría, nitampoco está incluido el sexo en las categorías citadas por el Guardián en El Advenimientode Justicia Divina, es decir, ‘fe, raza, clases o naciones’. La pauta predominante es que,siempre que exista cualquier duda en cuanto a si el principio de las minorías debe serinvocado o no, debe realizarse una votación adicional.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional del ReinoUnido, 05/3/] 986)85. Desempate«Respondiendo a su pregunta acerca de quién debe decidir en este tema, la Casa de Justiciaafirma que es el deber de los escrutadores informar el resultado total de la votación a laAsamblea Espiritual Nacional, la que tiene el deber de aceptar el informe de los escrutadoresantes de ser presentado a la Convención. Si la Asamblea Nacional nota que existe un empateen el noveno lugar y una de las personas empatadas forma parte de una minoría, debería pedira los escrutadores para que informen el resultado basándose en eso, sin llamar a desempate.De haber alguna duda sobre si existe o no una minoría involucrada, la Asamblea deberesolver el problema dando instrucciones de realizar una votación de desempate para elnoveno lugar.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de Suiza,13/4/1975)86. Nueva votación«Seguidamente a la votación, en una elección para Asambleas local o nacional, el resultadode la misma debe ser anunciado, incluyendo los nombres de quienes empataron en el novenolugar. Luego, una nueva balota debe ser emitida para decidir entre quienes han recibido igualnúmero de votos para el noveno lugar. Debe votarse sólo por aquellos que han empatado, y elempate puede ser resuelto por los delegados presentes en la Convención.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de lasBahamas, 18/5/1982)87. Informe del desempate«No es correcto anunciar que la Srta. (...) recibió 13 votos. Si está en la lista de quienesrecibieron votos en la primera votación, debería decirse que ella había empatado en el novenolugar con 6 votos, y en la segunda votación recibió 13 de los votos emitidos.»(Casa Universal de Justicia; de una carta escrita a la Asamblea Espiritual Nacional de Colombia, 16/6/1964)88. Renuncias«...su Asamblea tendría que considerar primero si acepta la renuncia de la Srta. (...) y luego,si la Asamblea la ha aceptado, la vacante debería cubrirse mediante una elección en la quetodos (...) los delegados tengan la oportunidad de votar. Es sólo un empate lo que puederesolverse por el voto de los delegados presentes en la Convención, no una eleccióncomplementaria, excepto si todos los delegados estuvieran presentes.»

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