12.07.2015 Views

LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

«...es claro que en todas las ocasiones oficialmente patrocinadas por instituciones bahá'ís, oen aquellas donde el anfitrión actúa como representante de la Causa, no debe servirse alcohol.En casas particulares, o en el curso de actividades profesionales o de negocios, se deja aconciencia de los mismos bahá'ís servir o no bebidas alcohólicas a no bahá'ís, pero laobligación de cumplir con la prohibición impuesta por Bahá'u'lláh es muy seria.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de lasIslas Británicas, 09/2/1968. Ibídem, p. 5)c. Ninguna institución bahá'í debe servirlo«Ninguna institución bahá'í debe servir bebidas alcohólicas bajo ninguna circunstancia, ytambién sentimos que no es apropiado que un bahá'í sirva tales bebidas en una reuniónrealizada por él.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a un creyente, 19/12/1968. Ibídem, p. 5)d. Comercialización y venta de bebidas alcohólicas«Con respecto a su pregunta referida a la venta de bebidas alcohólicas por parte de losamigos; él desea que le informe que comerciar con tales licores, en cualquier forma, estáseveramente desaprobado en la Causa. Los creyentes, por lo tanto, deben considerar que es sudeber espiritual abstenerse de emprender cualquier negocio que los relacione con lacomercialización de bebidas alcohólicas.»(De una carta escrita en nombre de Shoghi Effendi a una Asamblea Espiritual Nacional, 06/11/1935. Ibídem, p.3)1179. Debe exhortarse a los creyentes que beben«En cuanto a los que continúan bebiendo, deben ser amorosamente exhortados, luegofirmemente advertidos y finalmente privados de sus derechos administrativos. El número deveces que se deba advertir o exhortar a una persona, es algo que la Asamblea Espiritual Localdebe decidir, en consulta con la Asamblea Nacional. La política que adopten no debe ser la dequitar los derechos administrativos de los creyentes de una forma burocrática y automática,ya que esto sería injusto y poco sensato. Su Asamblea, al igual que todas las AsambleasLocales debe valiente y frecuentemente recordar a los amigos sobre sus obligaciones alrespecto, tratar con firmeza los casos más flagrantes, y usarlos a manera de ejemplo para queejerzan influencia sobre los otros creyentes. Se les debe aclarar a las Asambleas Locales quedeben estar dispuestas a cooperar con los creyentes afectados por tales hábitos alcohólicoscuando cualquiera de ellos prometa reducirlos gradual y sistemáticamente, teniendo en menteel objetivo de abandonar por completo ese hábito.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional delSudoeste de África, 12/11/1965)1180. Alcoholismo y Alcohólicos Anónimos«Con respecto al problema del alcoholismo, que es en verdad un azote terrible para lahumanidad, éste nunca debe llegar a ser fuente de desunión entre los creyentes. El principiode Bahá'u'lláh en el caso de enfermedad es consultar al mejor médico que se pueda, seguir susconsejos, y orar. Por eso, si Ud. ha consultado con Alcohólicos Anónimos, eso es correcto.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!