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LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

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Nacionales ni a los comités nacionales. Es posible que los Consejeros desechen o modifiquenla recomendación; o si la aceptan y la pasan a la Asamblea Espiritual Nacional, la AsambleaNacional puede decidir rechazarla. Si un miembro del Cuerpo Auxiliar hicierarecomendaciones directamente a un comité nacional, éste perdería el beneficio delconocimiento y la experiencia en un campo más amplio que aquel que conoce el miembro delCuerpo Auxiliar, rompería los canales habituales de consulta y socavaría la autoridad tanto delos Consejeros como de la Asamblea Espiritual Nacional.»Similarmente, aunque un miembro del Cuerpo Auxiliar pueda y deba recibir información delas Asambleas Nacionales y de los comités nacionales, su fuente principal de informaciónsobre la comunidad deben ser sus propios contactos directos con Asambleas EspiritualesLocales, grupos y creyentes individuales. De este modo, tanto los Consejeros como lasAsambleas Espirituales Nacionales obtienen el beneficio de dos fuentes independientes deinformación acerca de la comunidad: a través de los miembros del Cuerpo Auxiliar, por unlado, y a través de los comités nacionales por el otro.»(Casa Universal de Justicia; de una carta escrita a los Cuerpos Continentales de Consejeros y AsambleasEspirituales Nacionales, 01/10/1969)1132. Protección«Es el deber de las Asambleas Espirituales Locales y Nacionales dirigirse a los miembros delCuerpo Auxiliar por cuestiones de protección que puedan implicar no sólo una posibleviolación de la Alianza, sino también problemas de desunión dentro de la comunidad,privación de los derechos de voto, o cualquier otra cuestión en la cual sienten que la guía y elconsejo de los Cuerpos de Protección puedan ayudar a las instituciones de la Fe. Porsupuesto, los miembros del Cuerpo Auxiliar mantienen informado al Cuerpo Continental deConsejeros, y los Consejeros toman cualquier medida que crean apropiada.»Uds. tienen libertad, en todo momento, para remitirse al Cuerpo Continental de Consejeros ya los miembros del Cuerpo Auxiliar para la Protección con respecto a cualquier asunto que nosea claro, referido a la seguridad de la Fe en su zona, y siempre los encontrarán dispuestos aayudarlos en el tratamiento de tales problemas.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional deVenezuela, 01/10/1979. Cf. Crisis y Victoria, p. 37)1133. Solicitar al Cuerpo Auxiliar ciertas tareas«Una Asamblea Espiritual Nacional, un comité nacional o una Asamblea Espiritual Localpueden solicitar directamente a un miembro del Cuerpo Auxiliar que lleve a cabo ciertastareas, tales como dar una charla en escuelas de verano, aparecer en televisión, etc. Debe, porsupuesto, dejarse a criterio del miembro del Cuerpo Auxiliar determinar si tal solicitud estáen conflicto con sus otros compromisos.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a una Asamblea Espiritual Nacional,10/10/1983)1134. Enseñan, aconsejan, observan e informan«Las Asambleas a veces entienden mal lo que significa decir que los Consejeros y losmiembros del Cuerpo Auxiliar se ocupen del trabajo de enseñanza y no de la administración.Interpretan que ellos no pueden dar consejos sobre asuntos administrativos. Esto es muy

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