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LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

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»No obstante, las Asambleas deben tener en cuenta la última cláusula de la primera frase dela Sección 1 del Artículo VIII que dice lo siguiente: “... y [con] la debida consideración alprincipio de unidad y cordial camaradería implícita en la institución de la AsambleaEspiritual.”»En otras palabras, los miembros de una Asamblea Espiritual no deberían sacar provecho deun quórum como una oportunidad para aprobar una moción con lo cual violarían el espíritudel pasaje citado anteriormente.»Como vuestra Asamblea Nacional ha expresado, es deseable que en cada reunión esténpresentes la totalidad de los nueve miembros de una Asamblea Espiritual Local; y nosotrosesperamos que sean capaces de educar a los miembros de las Asambleas para que asuman suresponsabilidad al respecto.»(Casa Universal de Justicia; de una carta escrita a la Asamblea Espiritual Nacional de los Estados Unidos,06/8/6 7) * Principios de Administración Bahá’í, p. 117)101. Mínimo de votos para elegir oficiales«Cada oficial elegido debe recibir por lo menos cinco votos, aunque sólo haya cincomiembros presentes. Si fuera necesario volver a votar, los votos de un miembro ausente nopodrán contarse de nuevo. Si por cualquier motivo ningún miembro recibiera cinco votos,entonces la Asamblea debe designar a uno o más oficiales temporarios mediante la consulta,para que actúen hasta la siguiente reunión, y convocar a otra tan pronto como sea posible afin de elegir oficiales permanentes.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Local de Guaynabo,<strong>Puerto</strong> <strong>Rico</strong>, 26/9/1983)102. Coordinador«En cuanto a los deberes del coordinador de la Asamblea Espiritual Local o de la AsambleaEspiritual Nacional: él debe participar libre y plenamente en las consultas de cualquier temaque consideren estos organismos, y emitir su voto en cada uno de ellos. El deber de uncoordinador bahá’í es no sólo guiar el curso de la consulta, sino también expresar su propiopunto de vista sin reserva alguna. Tiene derecho a ejercer ambas funciones.»(De una carta escrita en nombre de Shoghi Effendi a un creyente, 10/10/193 6)103. Vicecoordinador«La Casa Universal de Justicia nos ha pedido advertirles que el procedimiento apropiado esque, en ausencia del coordinador, sea el vicecoordinador quien coordine las reuniones de laAsamblea. Si el vicecoordinador también estuviera ausente, entonces la Asamblea deberádecidir cuál de los miembros presentes ha de coordinar la reunión.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de Ciskei,10/2/1 987)104. Secretario«El crecimiento correcto de una comunidad será posible sólo cuando la Asamblea EspiritualNacional, a través de su oficina y de su secretario, sea capaz de mantener un flujo constantede comunicación con los creyentes de su jurisdicción, ofreciéndoles guía y estímulo. Debenrealizar-se todos los esfuerzos posibles para permitir que el secretario de la Asamblea

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