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LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

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652. Aceptar tierras del gobierno para cementerio«En respuesta a su pregunta sobre la adquisición de tierra del gobierno para el propósitoespecífico de establecer un cementerio bahá'í, la Casa de Justicia aconsejó que está permitidoa los bahá'ís aceptar una donación de tierras de las autoridades del gobierno, en propiedad oen usufructo, para este propósito.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de Brasil,20/2/1978)653. Exhumación«Ud. ha dicho en su carta que es una costumbre allí que el cuerpo sea exhumado después detres años, y colocado en un ataúd más pequeño para volverlo a enterrar. Mientras esto no es,aparentemente, requerido por la ley, será mejor que Ud. avise a los amigos que hagan losarreglos necesarios con las autoridades del cementerio para que la exhumación del cuerpo nose realice.»(Ibídem)654. Cementerios bahá'ís«En el momento actual no existen reglas fijas para preparar cementerios Bahá'ís. Sinembargo, en una Tabla del Maestro, Él enfatiza la necesidad de que el cementerio tenga unaapariencia externa bella y declara que las tumbas no deben estar unidas sino que cada unadebe tener un cuadro de flores a sus cuatro lados.»Él también indica que sería agradable que una fuente se situara en el centro del cementerio yárboles bellos fueran plantados a su alrededor, como también alrededor del cementeriomismo.»(Ibídem)655. Sepultar a no bahá'ís en cementerios bahá'ís«La Casa Universal de Justicia ha recibido su carta del 15 de junio de 1984, preguntando siestá permitido sepultar a no bahá'ís en un cementerio bahá'í, y se nos ha pedido transmitirleslo siguiente:»No sería correcto rehusarse a sepultar en un cementerio bahá'í a una persona que ha perdidosus derechos de voto. Además, es muy posible que a los parientes no bahá'ís de los creyentes,u otros, les sea permitido ser sepultados en un cementerio bahá'í. Sin embargo, un factordecisivo puede ser que la extensión del terreno escogido para uso., de un cementerio bahá'ísea lo suficientemente grande como para permitir el entierro de no bahá'ís. Se sugiere que nose adopten decisiones rígidas ni definitivas, sino que cada caso sea considerado según suspropios méritos.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de Brasil,12/7/1984)656. Construcción de estructuras en las tumbas«Normalmente, la construcción de estructuras o monumentos en las tumbas se debe dejar a lafamilia del fallecido, y todos los gastos deben ser cubiertos por ellos.

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