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LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

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de un problema específico, pueden hacerlo con su autoridad; asimismo, Uds. están en libertadpara autorizar a recibir consultas sobre problemas personales a un individuo que tenga laidoneidad necesaria.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de lasIslas de Sotavento, 07/7/1985)560. Comités para tratar problemas personales«Con respecto a su carta (...) dirigida a la Casa Universal de Justicia, nos han pedidotransmitir lo siguiente (...)»Lo primero se refiere a problemas de naturaleza personal que aparentemente estánaumentando y ocupan gran cantidad del tiempo durante las reuniones de su Asamblea. En unacarta dirigida a su Asamblea el 30 de agosto de 1971, la Casa de Justicia les aconsejó sobreese mismo tema. Sin embargo, para facilitar la referencia, citamos aquella parte:“Frecuentemente conviene más que las Asambleas Espirituales Lo-cales interesadas traten losproblemas personales. No hay objeción a que la Asamblea Nacional nombre un comité ocomités para tratar los problemas presentados ante ella, siempre y cuando la decisión finalquede en manos de la Asamblea.”»Ampliando lo anterior, nos han pedido citar el siguiente pasaje de una carta dirigida a otraAsamblea Nacional:“En respuesta a su carta del 4 de febrero, donde preguntan si pueden transferir los problemaspersonales que una Asamblea Espiritual Local es incapaz de tratar a otra Asamblea EspiritualLocal cercana, sentimos que en tales casos sería mejor que su Asamblea Espiritual Nacionalnombrara un Comité ad hoc para el caso, cuyos miembros se tomarían de una o doscomunidades cercanas, como así también de la comunidad donde existe el problema.”»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a la Asamblea Espiritual Nacional de ElSalvador~ 22/10/1984)561. Cuando una Asamblea se disuelve«Su Asamblea tiene el poder de nombrar un comité administrativo para la comunidad (...)Hasta que la Asamblea Local pueda volver a formarse, tal comité debe considerarse comouna forma provisional de mantener la vida y el vigor de la comunidad, y no como unreemplazo de la institución divina de la Asamblea Espiritual Local.»Con referencia a su pregunta específica, al Comité Administrativo (...) lo pueden nombrarentre los bahá’ís adultos de la comunidad, sin tomar en cuenta en su elección si ellos eran ono miembros de la desaparecida Asamblea Local. Al único joven activo se le puedenencomendar aquellas tareas para las cuales sea competente. El comité puede continuar con elFondo Bahá’í Local y también mantener la personería jurídica de la Asamblea Local.»La Asamblea Espiritual Nacional tiene autoridad para llamar a una elección extraordinariapara una Asamblea Local en caso de falta de quórum entre los creyentes locales.»(De una carta escrita en nombre de la Casa Universal de Justicia a una Asamblea Espiritual Nacional,08/11/1983)562. Funciones del comité de emergencia

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