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LUCES DE GUÍA - Bahá'í - Puerto Rico

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«Puesto que, de acuerdo con el mandato del Libro, el Huqúqu'lláh ha sido designado comouna de las instituciones de la Causa y, ya que el cumplimiento de este deber es obligatoriopara el pueblo de Bahá, se considera apropiado que su Asamblea Espiritual instruya a losqueridos amigos de Persia acerca del significado de esta responsabilidad trascendental, ypromulgue gradualmente entre toda la comunidad las ordenanzas relacionadas con elHuqúqu'lláh establecidas en Su claro Libro. Evidentemente, en vista de los Textos explícitosdel Huqúqu'lláh, no está permitido exigirlo, pero es responsabilidad de aquellosFideicomisarios de la Causa dirigir llamados de carácter general a los queridos amigos paraque puedan estar mejor informados sobre esta obligación esencial. Quiera Dios que mediantelos llamados de atención ocasionales dirigidos por su Asamblea obtengan el privilegio y elhonor de cumplir esta benevolente acción; acción que atrae bendiciones celestiales, sirvecomo medio de purificación de las posesiones terrenales de los devotos amigos, y promuevelas actividades internacionales de la gente de Bahá.»(Casa Universal de Justicia; de una carta escrita a la Asamblea Espiritual Nacional de Irán, 27/10/1963.Ibídem, extracto N° 96)1038 a. Puede usarse para promover la Causa«Es evidente para aquellos Fideicomisarios del Misericordioso que este Cuerpo, por virtuddel Texto explícito de las Sagradas Escrituras, es el Cuerpo al que deben referirse todas lascosas; y el Huqúqu'lláh puede utilizarse para promover los intereses de la Causa por todo elmundo bahá'í únicamente con permiso de la autoridad de la Causa, hacia la cual todos debenvolverse.».(Casa Universal de Justicia; de una carta escrita a la Asamblea Espiritual Nacional de Irán, 27/10/1963.Ibídem, extracto N° 96)b. Reglamentación del Huqúqu'lláh«' Abdu'l-Bahá ha declarado en una de sus Tablas: 'Destinar el Huqúq, ya sea total oparcialmente, está permitido, pero debería hacerse con el permiso de la autoridad de la Causa,hacia la cual todos deben volverse'. La provisión hecha en su Voluntad y Testamento de queel Huqúqu'lláh 'debe ofrecerse a través del Guardián de la Causa de Dios...' está claramentede acuerdo con este principio. En otra Tabla, 'Abdu'l-Bahá se refirió a la Casa Universal deJusticia como 'la autoridad a la que todos deben volverse' y es claro que, en ausencia delGuardián, es la institución suprema y central de la Causa. Además, antes que' Abdu'l-Bahá,Bahá'u'lláh había revelado lo siguiente:"Hay una norma establecida para el Huqúqu'lláh. Una vez creada la Casa Universal deJusticia, la ley del mismo se hará manifiesta, en conformidad con la Voluntad de Dios."»De acuerdo con estos textos explícitos, está claramente dentro de la jurisdicción de la CasaUniversal de Justicia decidir sobre la recepción y el desembolso del Huqúqu'lláh en laactualidad.»(Casa Universal de Justicia; de una carta escrita a las Manos de la Causa de Dios residentes en Tierra Santa,02/3/1972. Ibídem, extracto N° 101)c. Herencias

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