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Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

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e) Se regulan las elecciones extraordinarias;f) La Ley autoriza para que las elecciones ordinarias <strong>de</strong> Ayuntamientos y Jueces Conciliadores, que tenganverificativo en los días prescritos por la Constitución y la ley electoral, se realicen sin necesidad <strong>de</strong> convocatoria;g) Se establece la facultad en favor <strong>de</strong>l Ejecutivo para que en la elección <strong>de</strong> Gobernador y Diputados se hagala división territorial <strong>de</strong> distritos electorales, así como el señala miento <strong>de</strong> sus cabeceras;h) Se fija un diputado por cada 50 mil habitantes;i) En las elecciones municipales se compren<strong>de</strong> la elección <strong>de</strong> los Jueces Conciliadores;j) Se <strong>de</strong>termina la integración <strong>de</strong> los Ayuntamientos en razón <strong>de</strong>l número <strong>de</strong> habitantes, distinguiéndose poreste motivo los Ayuntamientos por el número <strong>de</strong> regidores, yk) Se fija el requisito <strong>de</strong> ser letrado o pasante jurista, sólo para los municipios <strong>de</strong>l Oro <strong>de</strong> Hidalgo y <strong>de</strong> Tolucapara ser Juez Conciliador.Particular importancia tiene en esta ley el capítulo <strong>de</strong>cimonoveno que compren<strong>de</strong> <strong>de</strong> los artículos 148 al 150inclusive, en el que por vez primera son objeto <strong>de</strong> regulación legal los Partidos y Clubes Políticos.En este breve articulado, se habla <strong>de</strong> los partidos, clubes políticos y candidatos in<strong>de</strong>pendientes a los cuales seles asigna una intervención en términos <strong>de</strong> la Ley, aunque no se habla aún <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos, se condiciona laparticipación <strong>de</strong> estas entida<strong>de</strong>s al cumplimiento <strong>de</strong> los siguientes requisitos:1. Que hayan sido formados por una Asamblea constituida <strong>de</strong> 50 ciudadanos <strong>de</strong>l Estado, por lo menos;2. Que la Asamblea haya elegido una Junta que dirija los trabajos políticos <strong>de</strong>l partido o club, y que tenga larepresentación política <strong>de</strong> éstos;3. Que el acta constitutiva <strong>de</strong>l Partido o club sea registrada por el Ayuntamiento <strong>de</strong>l Municipio en que se hayaformado a cuyo efecto en cada Ayuntamiento se llevaría un registro especial <strong>de</strong> partidos y clubes políticos, y4. Que se hubiere solicitado su inscripción ante la Secretaría General <strong>de</strong> Gobierno.Tratándose <strong>de</strong> candidatos in<strong>de</strong>pendientes, éstos <strong>de</strong>berían registrar su candidatura en la cabecera <strong>de</strong>l Distrito<strong>Electoral</strong> por lo menos 15 días antes <strong>de</strong>l día <strong>de</strong> la elección, bastando para ello, la solicitud que en papel simplepresentara el interesado.Tanto los partidos, clubes políticos y candidatos in<strong>de</strong>pendientes tenían entre sus faculta<strong>de</strong>s las <strong>de</strong>: protestarante la mesa, por escrito contra cualquier irregularidad; pedir copia certificada <strong>de</strong> las actas <strong>de</strong> elecciones que<strong>de</strong>bían expedir los secretarios <strong>de</strong> las mesas electorales o <strong>de</strong> las juntas computadoras, inmediatamente <strong>de</strong>spués<strong>de</strong> levantar el acta; estar presentes en el acto <strong>de</strong> insaculación <strong>de</strong> los miembros que por este procedimiento<strong>de</strong>ban integrar las mesas electorales y a la insaculación <strong>de</strong> los que <strong>de</strong>bían formar las juntas computadoras;intervenir en la computación que hagan las juntas computadoras <strong>de</strong> votos en cada distrito electoral paradiputado y las que practicaran las encargadas <strong>de</strong> la computación <strong>de</strong> sufragios para miembros <strong>de</strong> los Ayuntamientosy Jueces Conciliadores <strong>de</strong> cada Municipio, y ocurrir por escrito al Congreso <strong>de</strong>l Estado pidiendo la nulidad <strong>de</strong>las elecciones <strong>de</strong> diputados, <strong>de</strong> Gobernador o <strong>de</strong> Ayuntamientos que Juzgaran viciosas.

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