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Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

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a) Las actas oficiales <strong>de</strong> las mesas directivas <strong>de</strong> casilla, así como las <strong>de</strong> los cómputos distritales, <strong>de</strong> entidadfe<strong>de</strong>rativa y <strong>de</strong> circunscripción plurinominal. Serán actas oficiales las originales autógrafas o las copias certificadasque <strong>de</strong>ben constar en los expedientes <strong>de</strong> cada elección;b) al d) ...3 ...4. Se consi<strong>de</strong>rarán pruebas técnicas todos aquellos medios <strong>de</strong> reproducción <strong>de</strong> imágenes y que tienen porobjeto crear convicción en el juzgador acerca <strong>de</strong> los hechos controvertidos. En estos casos, el aportante <strong>de</strong>beráseñalar concretamente lo que preten<strong>de</strong> acreditar, i<strong>de</strong>ntificando a las personas, los lugares y las circunstancias<strong>de</strong> modo y tiempo que reproduce la prueba.5. Se entien<strong>de</strong> por prueba presuncional, a<strong>de</strong>más <strong>de</strong> las que pueda <strong>de</strong>ducir el juzgador <strong>de</strong> los hechos comprobados,las <strong>de</strong>claraciones que consten en acta levantada ante el fedatario público que las haya recibido directamente <strong>de</strong> los<strong>de</strong>clarantes y siempre y cuando estos últimos que<strong>de</strong>n <strong>de</strong>bidamente i<strong>de</strong>ntificados y asienten la razón <strong>de</strong> su dicho.ARTICULO 3281. Los medios <strong>de</strong> prueba aportados y admitidos serán valorados por los órganos <strong>de</strong>l <strong>Instituto</strong> y por las Salas <strong>de</strong>lTribunal Fe<strong>de</strong>ral <strong>Electoral</strong>, atendiendo a las reglas <strong>de</strong> la lógica, <strong>de</strong> la sana crítica y <strong>de</strong> la experiencia, tomandoen cuenta las reglas especiales señaladas en este artículo.2. Las documentales públicas tendrán valor probatorio pleno, salvo prueba en contrario, respecto <strong>de</strong> suautenticidad o <strong>de</strong> la veracidad <strong>de</strong> los hechos a que se refieran.3. Las documentales privadas, las técnicas, las presuncionales y la instrumental <strong>de</strong> actuaciones, sólo haránprueba plena cuando a juicio <strong>de</strong> los órganos <strong>de</strong>l <strong>Instituto</strong> o <strong>de</strong> las Salas <strong>de</strong>l Tribunal Fe<strong>de</strong>ral <strong>Electoral</strong>, los<strong>de</strong>más elementos que obren en el expediente, los hechos afirmados, la verdad conocida y el recto raciocinio <strong>de</strong>la relación que guardan entre sí, generen convicción sobre la veracidad <strong>de</strong> los hechos afirmados.ARTICULO 3311 y 2. ...3. Los recursos <strong>de</strong> inconformidad serán resueltos por mayoría simple <strong>de</strong> los integrantes <strong>de</strong> las Salas <strong>de</strong>lTribunal, en el or<strong>de</strong>n en que sean listados para cada sesión, salvo que la Sala acuer<strong>de</strong> su modificación. Todoslos recursos <strong>de</strong>berán quedar resueltos a más tardar el día 10 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong>l año <strong>de</strong>l proceso electoral, pero losque se refieran a las elecciones <strong>de</strong> diputados <strong>de</strong>berán ser resueltos a más tardar el día 5 <strong>de</strong>l mismo mes.4. Los recursos <strong>de</strong> reconsi<strong>de</strong>ración serán resueltos por mayoría simple <strong>de</strong> los integrantes <strong>de</strong> la Sala <strong>de</strong> SegundaInstancia, en el or<strong>de</strong>n en el que sean listados para cada sesión, salvo que la Sala acuer<strong>de</strong> su modificación. Losrecursos <strong>de</strong> reconsi<strong>de</strong>ración que se refieran a elecciones <strong>de</strong> diputados por el principio <strong>de</strong> mayoría relativa o porlos que se impugne un cómputo <strong>de</strong> circunscripción plurinominal <strong>de</strong>berán ser resueltos a más tardar el 19 <strong>de</strong>agosto <strong>de</strong>l mismo año; los <strong>de</strong>más recursos <strong>de</strong>berán ser resueltos a más tardar tres días antes al en que seinstalen las Cámaras <strong>de</strong>l Congreso <strong>de</strong> la Unión.ARTICULO 3341. Las resoluciones que recaigan a los recursos <strong>de</strong> revisión y apelación tendrán como efecto la confirmación,modificación o revocación <strong>de</strong>l acto o resolución impugnado.

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