12.07.2015 Views

Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

ARTICULO 1511. Podrán solicitar la expedición <strong>de</strong> Cre<strong>de</strong>ncial para Votar con fotografía o la rectificación ante la oficina <strong>de</strong>l<strong>Instituto</strong> Fe<strong>de</strong>ral <strong>Electoral</strong> responsable <strong>de</strong> la inscripción, aquellos ciudadanos que:a) Habiendo cumplido con los requisitos y trámites correspondientes no hubieren obtenido oportunamente suCre<strong>de</strong>ncial para Votar con fotografía;b) Habiendo obtenido oportunamente su Cre<strong>de</strong>ncial para Votar con fotografía, no aparezcan incluidos en lalista nominal <strong>de</strong> electores <strong>de</strong> la sección correspondiente a su domicilio; oc) Consi<strong>de</strong>ren haber sido in<strong>de</strong>bidamente incluidos o excluidos <strong>de</strong> la lista nominal <strong>de</strong> electores <strong>de</strong> la seccióncorrespondiente a su domicilio.2. En los casos a que se refiere el párrafo anterior, la solicitud <strong>de</strong> expedición o <strong>de</strong> rectificación se presentará encualquier tiempo durante los dos años previos al <strong>de</strong>l proceso electoral.3. En el año <strong>de</strong> la elección los ciudadanos que se encuentren en el supuesto <strong>de</strong>l inciso a) <strong>de</strong>l párrafo 1 <strong>de</strong> esteartículo, podrán presentar solicitud <strong>de</strong> expedición <strong>de</strong> Cre<strong>de</strong>ncial para Votar con fotografía hasta el día 15 <strong>de</strong>lmes <strong>de</strong> febrero. En los casos previstos en los incisos b) y c) <strong>de</strong>l párrafo señalado, los ciudadanos podránpresentar solicitud <strong>de</strong> rectificación a más tardar el día 15 <strong>de</strong> marzo.4. En las oficinas <strong>de</strong>l Registro Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong> Electores, existirán a disposición <strong>de</strong> los ciudadanos los formatosnecesarios para la presentación <strong>de</strong> la solicitud respectiva.5. La oficina ante la que se haya solicitado la expedición <strong>de</strong> cre<strong>de</strong>ncial o la rectificación resolverá sobre laproce<strong>de</strong>ncia o improce<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> la misma <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> un plazo <strong>de</strong> veinte días naturales.6. La resolución que <strong>de</strong>clare improce<strong>de</strong>nte la solicitud <strong>de</strong> expedición <strong>de</strong> Cre<strong>de</strong>ncial o <strong>de</strong> rectificación o la falta<strong>de</strong> respuesta en tiempo, serán recurribles ante el Tribunal Fe<strong>de</strong>ral <strong>Electoral</strong>. Para tal efecto, los ciudadanosinteresados tendrán a su disposición en las oficinas <strong>de</strong>l Registro Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong> Electores los formatos, necesariospara la interposición <strong>de</strong>l recurso respectivo.7. La resolución recaída a la solicitud <strong>de</strong> expedición <strong>de</strong> Cre<strong>de</strong>ncial o <strong>de</strong> rectificación será notificada personalmenteal ciudadano si éste comparece ante la oficina responsable <strong>de</strong> la inscripción o, en su caso, por telegrama ocorreo certificado.ARTICULO 1541. Las Cre<strong>de</strong>nciales para Votar con fotografía que se expidan conforme a lo establecido en el presente Capítuloestarán a disposición <strong>de</strong> los interesados hasta el 15 <strong>de</strong> febrero <strong>de</strong>l año <strong>de</strong> la elección.ARTICULO 1561. La Dirección Ejecutiva <strong>de</strong>l Registro Fe<strong>de</strong>ral <strong>de</strong> Electores, por conducto <strong>de</strong> las Juntas Locales Ejecutivasentregará a las Juntas Distritales las listas nominales <strong>de</strong> electores, para que sean distribuidas, a más tardar el 15<strong>de</strong> febrero, a las oficinas municipales correspondientes, a efecto <strong>de</strong> que sean exhibidas por veinte días naturales.2 al 4. ...

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!