12.07.2015 Views

Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

Justicia Electoral - Instituto de Investigaciones Jurídicas - UNAM

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

c) El Secretario, o el funcionario autorizado para ello, anotará esos resultados en el lugar que les correspondaen la forma <strong>de</strong>stinada para ello, conforme al or<strong>de</strong>n numérico <strong>de</strong> las casillas; yd) Los representantes <strong>de</strong> los partidos políticos acreditados ante el Consejo, contarán con los formatos a<strong>de</strong>cuadospara anotar en ellos los resultados <strong>de</strong> la votación en las casillas.CAPITULO TERCERODe los Cómputos Distritales y <strong>de</strong> la Declaración <strong>de</strong> Vali<strong>de</strong>z <strong>de</strong> la Elección <strong>de</strong> Diputados <strong>de</strong> Mayoría RelativaARTICULO 2461. Los Consejos Distritales celebrarán sesión a partir <strong>de</strong> las 8:00 horas <strong>de</strong>l miércoles siguiente al día <strong>de</strong> lajornada electoral, para hacer el cómputo <strong>de</strong> cada una <strong>de</strong> las elecciones, en el or<strong>de</strong>n siguiente:a) El <strong>de</strong> la votación para Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> los Estados Unidos Mexicanos;b) El <strong>de</strong> la votación para diputados; yc) El <strong>de</strong> la votación para senadores.2. Cada uno <strong>de</strong> los cómputos a los que se refiere el párrafo anterior se realizará sucesiva e ininterrumpidamentehasta su conclusión.3. Los Consejos Distritales, en sesión previa a la jornada electoral, podrán acordar que los miembros <strong>de</strong>lServicio Profesional <strong>Electoral</strong> puedan sustituirse o alternarse entre sí en las sesiones o que puedan ser sustituidospor otros miembros <strong>de</strong>l Servicio Profesional <strong>Electoral</strong> <strong>de</strong> los que apoyen a la Junta Distrital respectiva yasimismo, que los consejeros ciudadanos y representantes <strong>de</strong> partidos políticos acrediten en sus ausencias asus suplentes para que participen con voz y voto, <strong>de</strong> manera que se pueda sesionar permanentemente.4. Los Consejos Distritales, <strong>de</strong>berán contar con los elementos humanos, materiales, técnicos y financieros,necesarios para la realización <strong>de</strong> los cómputos en forma permanente.ARTICULO 2471. ...a) ...b) Si los resultados <strong>de</strong> las actas no coinci<strong>de</strong>n, o no existiere el acta <strong>de</strong> escrutinio y cómputo en el expediente <strong>de</strong>la casilla ni obrare en po<strong>de</strong>r <strong>de</strong>l Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong>l Consejo, se proce<strong>de</strong>rá a realizar nuevamente el escrutinio ycómputo <strong>de</strong> la casilla, levantándose el acta correspondiente. Los resultados se anotarán en la forma establecidapara ello <strong>de</strong>jándose constancia en el acta circunstanciada correspondiente; <strong>de</strong> igual manera, se hará constar endicha acta las objeciones que hubiese manifestado cualquiera <strong>de</strong> los representantes ante el Consejo, quedandoa salvo sus <strong>de</strong>rechos para impugnar ante el Tribunal Fe<strong>de</strong>ral <strong>Electoral</strong> el cómputo <strong>de</strong> que se trate. En ningúncaso se podrá interrumpir u obstaculizar la realización <strong>de</strong> los cómputos;c) Cuando existan errores o alteraciones evi<strong>de</strong>ntes en las actas, el Consejo Distrital podrá acordar realizarnuevamente el escrutinio y cómputo en los términos señalados en el inciso anterior;

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!