12.04.2013 Views

apuntes de derecho electoral apuntes de derecho electoral

apuntes de derecho electoral apuntes de derecho electoral

apuntes de derecho electoral apuntes de derecho electoral

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

En el primer caso, estamos en presencia <strong>de</strong> relaciones jurídicas entre personas que<br />

se encuentran en una <strong>de</strong>terminada situación <strong>de</strong> igualdad, en la que ninguna <strong>de</strong> ellas<br />

actúa con la representación <strong>de</strong>l Estado, es <strong>de</strong>cir, en un enlace <strong>de</strong> coordinación. En<br />

el segundo, se trata <strong>de</strong> una vinculación entre las autorida<strong>de</strong>s como representantes<br />

<strong>de</strong>l Estado y el gobernado, ya sea persona física o moral. Cabe aclarar que en esta<br />

relación las autorida<strong>de</strong>s ejercitan su actividad investidas <strong>de</strong>l Jus Imperium, o sea,<br />

actos con contenido unilateral, imperativo y coercitivo.<br />

Por lo que se refiere a la persona física, sus <strong>de</strong>rechos fundamentales son<br />

reconocidos jurídicamente como ser humano <strong>de</strong>s<strong>de</strong> el momento <strong>de</strong> su nacimiento,<br />

sin tomar en consi<strong>de</strong>ración edad, sexo, raza, color, condición económica, religión,<br />

etcétera. En cuanto a las personas morales, si bien es cierto se trata <strong>de</strong> personas<br />

físicas, éstas tienen la capacidad <strong>de</strong> goce y <strong>de</strong> ejercicio y por ello se unen conforme<br />

a la legislación vigente para constituir asociaciones ya sea <strong>de</strong> carácter privado o<br />

social, adquiriendo nuevos <strong>de</strong>rechos y contrayendo nuevas obligaciones diferentes a<br />

las <strong>de</strong> sus asociados. En ambos casos, los sujetos sean personas físicas o morales,<br />

son susceptibles <strong>de</strong> ser perjudicados por cualquier acto <strong>de</strong> autoridad. De ahí que la<br />

Constitución extienda su ámbito protector no sólo a los individuos, sino también a<br />

las personas morales.<br />

Como po<strong>de</strong>mos observar, el respeto a las garantías individuales, genera una<br />

relación jurídica <strong>de</strong> Derecho Público entre el gobernado (persona física o moral) y<br />

el gobernante (autoridad, representante <strong>de</strong>l Estado). En esta relación, la<br />

Constitución establece los artículos en que se encuentran contenidas las garantías,<br />

<strong>de</strong>rechos para el gobernado y obligaciones para el gobernante. En el primer caso<br />

distinguimos un catálogo <strong>de</strong> <strong>de</strong>rechos reconocidos jurídicamente a favor <strong>de</strong>l<br />

gobernado; pero también una serie <strong>de</strong> limitaciones, algunas veces las encontramos<br />

en los artículos en los cuales se establece el Derecho y, en otras, en diversos<br />

numerales <strong>de</strong> la propia Constitución, lo que significa que no son absolutos, sino que<br />

se encuentran limitados. Las restricciones encuentran su fundamento en la sociedad<br />

o en la procuración <strong>de</strong>l bien común. Sin embargo, estas limitaciones no son<br />

arbitrarias, pues <strong>de</strong>ben <strong>de</strong> cumplir con <strong>de</strong>terminados requisitos legales. Uno <strong>de</strong><br />

ellos, se refiere a que <strong>de</strong>ben encontrarse en la propia Constitución, ya sea en el<br />

artículo en el cual se establecen, o bien, en algún otro <strong>de</strong> la propia Norma Suprema.<br />

Otro requisito consiste en que para que estos <strong>de</strong>rechos sean observados, es<br />

necesario la expedición <strong>de</strong> las leyes con carácter reglamentario en las que

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!