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apuntes de derecho electoral apuntes de derecho electoral

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Por lo mismo, la negativa respaldada por el Consejo General <strong>de</strong>l Instituto, queda ya<br />

sin posibilidad <strong>de</strong> impugnación jurisdiccional, este vacío legislativo tendrá a futuro<br />

que ser salvado mediante reformas legales que especifiquen una vía idónea para<br />

combatir un acto <strong>de</strong> arbitrariedad al respecto. A mayor abundamiento, en 1997 se<br />

presentaron tres recursos <strong>de</strong> apelación provenientes <strong>de</strong>l estado <strong>de</strong> Nuevo León, en<br />

los cuales los actores reclamaban violación a su <strong>de</strong>recho para ser acreditados como<br />

observadores<br />

<strong>electoral</strong>es, pero estos recursos fueron archivados sin entrar a consi<strong>de</strong>ración <strong>de</strong> la<br />

litis respectiva.<br />

Se señala también en el COFIPE, que los observadores <strong>electoral</strong>es se abstendrán <strong>de</strong>:<br />

Sustituir u obstaculizar a las autorida<strong>de</strong>s <strong>electoral</strong>es en el ejercicio <strong>de</strong> sus<br />

funciones e interferir en el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> las mismas;<br />

Hacer proselitismo <strong>de</strong> cualquier tipo o manifestarse en favor <strong>de</strong> partido o<br />

candidato alguno;<br />

Externar cualquier expresión <strong>de</strong> ofensa, difamación o calumnia en contra <strong>de</strong> las<br />

instituciones, autorida<strong>de</strong>s <strong>electoral</strong>es, partidos políticos o candidatos; y<br />

Declarar el triunfo <strong>de</strong> partido político o candidato alguno.<br />

La observación que practiquen pue<strong>de</strong> realizarse en cualquier ámbito territorial <strong>de</strong> la<br />

República Mexicana, aquí cabe reflexionar sobre cómo se <strong>de</strong>sarrollará la<br />

observación <strong>electoral</strong> al conformarse la logística <strong>de</strong> la elección <strong>de</strong> los ciudadanos<br />

mexicanos en el extranjero.<br />

Los observadores podrán solicitar a la junta local respectiva la información <strong>electoral</strong><br />

que requieran para el mejor <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> sus activida<strong>de</strong>s. Esta información les será<br />

proporcionada siempre que no sea confi<strong>de</strong>ncial en los términos fijados por la ley y<br />

que existan las posibilida<strong>de</strong>s materiales y técnicas para su entrega.<br />

El día <strong>de</strong> la jornada <strong>electoral</strong> los observadores <strong>de</strong>berán presentarse con sus<br />

acreditaciones y sus gafetes, en una o varias casillas, así como en el local <strong>de</strong>l<br />

consejo distrital correspondiente.

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