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Lectura tercera. Individuo y persona - Fundación Gustavo Bueno

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76 <strong>Gustavo</strong> <strong>Bueno</strong>. El sentido de ¡a vida.<br />

fórmulas se inspiran en el idealismo de Kant; son fórmulas teológicas, y de teología<br />

unitarista (valederas para la Persona infinita del unitarismo, pero no para las<br />

Personas de la teología trinitaria), y que Kant habría simplemente secularizado.<br />

Desde las coordenadas del materialismo filosófico no es posible afirmar que cada<br />

<strong>persona</strong> sea un fin en sí misma, puesto que también desempeña la función de medio<br />

en la constitución de otras <strong>persona</strong>s.<br />

El proceso de institucionalización de las <strong>persona</strong>s podría compararse, por<br />

tanto, al proceso de la institucionalización de una estatua, pongamos por caso,<br />

como «Monumento Nacional», incluso como «Patrimonio de la Humanidad». La<br />

diferencia material es clara: el individuo no es una estatua. Y si bien muchas veces<br />

la institución de un individuo determinado como <strong>persona</strong> tiene mucho de «ficción<br />

jurídica», otras veces y, en general, la institución de los individuos como <strong>persona</strong>s<br />

tiene mucho de conformación interna de un proceso real. Si se le ha «entregado»<br />

al individuo una lengua, dotada de pronombres <strong>persona</strong>les, que le permite efectivamente<br />

hablar {per-sonare) a través de la máscara o <strong>persona</strong> de su nombre propio,<br />

este individuo podrá ser constituido realmente como <strong>persona</strong> cuando maduren<br />

las relaciones sociales y jurídicas precisas. La diferencia de la <strong>persona</strong> individual,<br />

así instituida, con la <strong>persona</strong> trágica (la máscara del actor) es esta: que el lenguaje<br />

y la máscara, y aun su propio mundo, son instrumentos que se le entregan al individuo<br />

como si fuese su propietario, a fin de que este individuo represente papeles<br />

originales: cada individuo tendrá que conquistar su propia «<strong>persona</strong>lidad»,<br />

tendrá que ser, no sólo actor, sino autor de su propio <strong>persona</strong>je.<br />

Las diferencias entre las <strong>persona</strong>s tomarán principio, ante todo, de las propias<br />

diferencias individuales y de su contexto: no hay dos <strong>persona</strong>s iguales, pero por la<br />

misma razón que tampoco hay dos hierbas iguales. Es erróneo suponer que hay que<br />

partir de una clase de individuos indiferenciados que sólo a través de su «<strong>persona</strong>lización»<br />

pudieran alcanzar características propias, idiográficas. Hay que partir ya<br />

de las características individuales (de la idiosincrasia) o del contexto (familiar, social,<br />

histórico, &c.) en el que ellas se producen, para medir el grado de las transformaciones<br />

que, por anamorfosis, experimenta el individuo al convertirse en <strong>persona</strong>.<br />

A veces puede ocurrir que las «<strong>persona</strong>lidades» asumidas por dos individuos dados<br />

se parezcan entre sí más de lo que se parecen sus «individualidades» respectivas.<br />

En principio, sin embargo, todas las <strong>persona</strong>s son distintas, y todas ellas han<br />

de poder entender, en las demás <strong>persona</strong>s, las determinaciones que sus propios límites<br />

no han podido desarrollar. Aplicamos al caso una idea límite, la idea de las<br />

estructuras metafinitas; la aplicamos como una idea límite revertida a los individuos.<br />

El efecto más importante de este límite revertido es el que él nos pone delante<br />

de la naturaleza normativa (práctica) de la idea de <strong>persona</strong>. La <strong>persona</strong> no<br />

es simplemente un «ser», sino un «deber ser»; mejor dicho, su ser es su deber ser.<br />

No es una realidad (un bien) sino un valor; es una realidad que consiste, por institución,<br />

en ser un valor. La <strong>persona</strong> dice, por institución, una dignidad o excelencia<br />

que no se deja reducir a la condición de objeto de contemplación. Ser <strong>persona</strong><br />

es, por el contrario, pstar obligado a cumplir deberes frente a otras <strong>persona</strong>s,<br />

tener la facultad de reclamar derechos frente a terceros. Obligaciones y faculta-<br />

<strong>Gustavo</strong> <strong>Bueno</strong>, El sentido de la vida, Pentalfa, Oviedo 1996

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