Lectura tercera. Individuo y persona - Fundación Gustavo Bueno
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186 <strong>Gustavo</strong> <strong>Bueno</strong>. El sentido de la vida.<br />
filo y los estoicos defendieron que el alma venía por la respiración) y, sobre todo,<br />
cuando alcance, no ya una forma orgánica independiente, sino una forma espiritual<br />
o racional superior (a Averroes se le atribuye la tesis de que el alma espiritual no se<br />
une al cuerpo hasta que el niño pronuncia los nombres de su padre y de su madre,<br />
según refiere Isaac Cardoso en su Philosophia libera, 1673, vi, 8). De aquí no se<br />
deduce, por tanto, que la eliminación de un niño que todavía no ha alcanzado el uso<br />
de razón no deba considerarse un asesinato, porque los ordenamientos jurídicos discurren<br />
según una escala prudencial propia que no tiene por qué concebirse como<br />
conmensurable con la escala de la biología o de la psicología, ni deducible de ella.<br />
Sin embargo, la línea fronteriza que las legislaciones positivas suelen trazar en tomo<br />
a los tres meses, para diferenciar lo que pueda ser un aborto legal y un asesinato, es<br />
puramente convencional y carece, en nuestros días, de todo fundamento biológico:<br />
un embrión de dos meses tiene ya prefigurados, al igual que un feto de seis o más,<br />
todos los rasgos de su individualidad, que dependen de la herencia genética, desde<br />
el color de sus ojos hasta la forma de su nariz. Desde el punto de vista biológico,<br />
por tanto, no existe mayor fundamento para prohibir el aborto a partir de los tres<br />
meses de la concepción que a partir de los tres días. Si se prohibe el aborto, debiera<br />
ser prohibido en toda su extensión. Por otra parte el aborto, desde el punto de vista<br />
«ecológico», es un despilfarro (que debiera ser castigado, al menos, mediante una<br />
fuerte multa); desde el punto de vista social es un indicio de subdesarrollo en todo<br />
lo que concierne a los métodos de control de la natalidad.<br />
4. La <strong>persona</strong> no se configura ni en la Naturaleza ni en la Cultura.<br />
La idea de <strong>persona</strong>, en resolución, solamente se configura en el contexto de<br />
los procesos culturales, pero sin que la <strong>persona</strong>, en su sentido filosófico, pueda<br />
reducirse a la idea de hombre como «animal cultural», tal como se le presenta a<br />
la antropología (en particular, a la escuela antropológica que ya hemos citado, de<br />
«Cultura y Personalidad»).<br />
La idea central es ésta: que cuando utilizamos el concepto «hombre» -por<br />
ejemplo, en su relación de oposición a «animal»-, estamos, en realidad, «arrastrando»,<br />
entre otros, dos momentos muy distintos, pero dialécticamente implicados,<br />
a saber: «hombre» como animal cultural (tal como lo consideran, por ejemplo,<br />
los etólogos, pero también los etnólogos y antropólogos) y «hombre» como<br />
<strong>persona</strong> (tal como lo considera, por ejemplo, la Declaración de los Derechos del<br />
Hombre, pero también muchas ideologías filosóficas y religiosas).<br />
No se trata, por nuestra parte, de constatar simplemente esta duplicidad de<br />
«acepciones», a efectos de no confundir los contextos lingüísticos respectivos en<br />
los cuales puedan funcionar por separado tales acepciones (pongamos por caso,<br />
el «contexto lingüístico de la Zoología o la Etnología» y el «contexto lingüístico<br />
de la Ética, de la Moral o del Derecho, o de la Filosofía del Espíritu»). Se trata de<br />
reconocer también que ambas acepciones no son separables cuanto a la cosa, ni<br />
permiten interpretar el término «Hombre» como un simple caso de término equí-<br />
<strong>Gustavo</strong> <strong>Bueno</strong>, El sentido de la vida, Pentalfa, Oviedo 1996