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Trimestre Fiscal Nº 97<br />

Por otra parte, las transferencias que reciben los estados en México<br />

provienen de las participaciones (transferencias no condicionadas) 32<br />

y de las aportaciones federales (transferencias condicionadas) 33 , las<br />

cuales ascendieron en 2007 a 2,62% y 3,95% del PIB, respectivamente. 34<br />

De acuerdo con información de 2007, las participaciones federales<br />

provenientes del Fondo General de Participaciones (FGP) ascendieron<br />

a 2,20% del PIB, lo que representa el 80% del total de participaciones<br />

federales.<br />

Para el 2007, las aportaciones totalizaron 3,12% del PIB, siendo las<br />

más importantes en términos presupuestales aquellas destinadas a<br />

la educación básica y normal a la salud, a infraestructura social y al<br />

fortalecimiento de los municipios. 35 Además, los estados reciben los<br />

recursos federales reasignados por convenio, los cuales tienen que<br />

ser aplicados según las especificaciones descritas en los acuerdos<br />

304<br />

32 Las participaciones federales son recursos derivados de la celebración de<br />

convenios de adhesión al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, que suscriben<br />

los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) con la finalidad de evitar<br />

la doble o triple tributación de una misma actividad. La suscripción de dichos<br />

convenios le permite a los estados percibir recursos a través del Fondo General<br />

de Participaciones (FGP), Fondo de Fomento Municipal (FFM), participaciones<br />

por el cobro del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (ISTUV), Impuesto<br />

sobre Automóviles Nuevos (ISAN), Impuesto Especial sobre Producción y Servicios<br />

(IEPS), etc. Además, obtienen incentivos que se establecen por convenios de<br />

colaboración administrativa. A su vez, el 100% del FFM y generalmente el 20%<br />

de la suma de las demás participaciones, incluido el FGP, son transferidas a los<br />

municipios.<br />

33 Las aportaciones federales, que entraron en vigor en 1995, se establecen como<br />

recursos que la Federación canaliza a las haciendas estatales, condicionando su<br />

gasto al cumplimiento de los objetivos que para cada tipo de aportación establece<br />

el Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal. Están constituidas por el ramo<br />

general 33, integrado inicialmente por siete fondos y al que se incorpora el Fondo<br />

para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, a partir del ejercicio 2007.<br />

34 Ver INEGI (2009), “Finanzas Públicas Estatales y Municipales de México 2004-<br />

2007”.<br />

35 Los fondos son: Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal<br />

(FAEB), el Fondo de Aportaciones para los Servicios de Salud (FASSA); el Fondo<br />

de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) y el Fondo de Aportaciones<br />

para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales<br />

del Distrito Federal (FAFOMUN); Fondo de Aportaciones Múltiples (FAM); Fondo<br />

de Aportaciones para la Educación Tecnológica y de Adultos (FAETA); Fondo de<br />

Aportaciones para la Seguridad Pública de los Estados y del Distrito Federal (FASP)<br />

y el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Estados.

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