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Memoria 2007 — — - Energía Diario

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de Administración de la CNE el 21 de junio de<strong>2007</strong>, publicándose posteriormente en la web delorganismo con la referencia 47/<strong>2007</strong>.Por último, la Propuesta de Orden se materializóen la Orden ITC/1968/<strong>2007</strong>, de 2 de julio, que,si bien liberalizó el precio de los envases de másde 20 kg y de GLP de automoción y mantuvoel sistema de fijación de precios máximos propuesto,actualizó los costes de comercializaciónen una menor cuantía a la propuesta, hasta los0,376630 €/kg, no recogiendo, finalmente, laspropuestas relativas a las existencias mínimas deseguridad.Informe 24/<strong>2007</strong> sobre el Proyecto de RealDecreto por el que se modifica el Real Decreto1716/2004, de 23 de julio, por el que se regulala obligación de mantenimiento de existenciasmínimas de seguridad, la diversificación deabastecimiento de gas natural y la Corporaciónde Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos.El Proyecto de RD venía a introducir importantesnovedades en la vigente regulación de la obligaciónde mantenimiento de existencias mínimasde seguridad de productos petrolíferos (RD1716/2004, de 23 de julio) que, en ciertos casos,suponían modificar dicho régimen en alguno desus aspectos esenciales.Ciertas propuestas contempladas en el Proyectode RD merecieron una valoración positiva,tales como la elevación de 90 a 92 días delvolumen de existencias mínimas de seguridada mantener, la consolidación del aumento de lasexistencias consideradas estratégicas, la diferenteconsideración de los sujetos obligados encuanto a la forma de constituir dichas reservasestratégicas, la posibilidad de mantener existenciasmínimas en forma de crudo en Estadosde la Unión Europea, la nueva categorización,acorde con la Ley de hidrocarburos, de los sujetosobligados al mantenimiento de existenciasmínimas de seguridad de GLP, así comola mayor participación de la Administración enel funcionamiento de CORES. Por el contrario,merecieron valoración negativa, entre otros, loscambios introducidos sobre el régimen económicode CORES.El informe preceptivo correspondiente a esteProyecto fue aprobado por el Consejo de Administraciónde la CNE el 26 de julio de <strong>2007</strong>,publicándose posteriormente en la página webdel organismo con la referencia 55/<strong>2007</strong>.Finalmente, algunas de las modificacionespropuestas por la CNE a dicho Proyecto fueronincluidas en la redacción final del RD1766/<strong>2007</strong>, de 28 de diciembre, destacándose,en concreto, la referente al régimen económicode CORES.Informe 33/<strong>2007</strong> sobre el Proyecto de Ordenpor la que se establece un mecanismo de fomentodel uso de biocarburantes y otros combustiblesrenovables con fines de transporte.El Proyecto de Orden venía a fomentar el usode biocarburantes y otros combustibles renovablescon fines de transporte desarrollando laobligación de poner a consumo un determinadoporcentaje de biocarburantes en el mercado,introducida en la Ley de hidrocarburos, regulando,entre otros, el modo en el que se ha dellevar a cabo la cuantificación de dicha obliga-105

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