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Memoria 2007 — — - Energía Diario

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que “el procedimiento de las subastas se realicede forma competitiva, transparente y conformea la normativa vigente”, debiendo elaborar uninforme, después de cada subasta, sobre su desarrolloy potenciales mejoras, que debe ser remitidoa la Secretaría General de Energía.En el año <strong>2007</strong>, además de realizar los correspondientespronunciamientos de validación delas subastas y de desarrollar los procedimientospara realizar la supervisión de este nuevo mecanismode contratación de energía a plazo, cabemencionar la elaboración y posterior aprobaciónpor el Consejo de Administración de la CNE delos siguientes informes:con entrega física por parte de las empresas responsablesde realizar el suministro a tarifa en elterritorio peninsular. Con esta modalidad de contratación,se completa el abanico de posibilidadespara que las empresas distribuidoras adquieranenergía para su venta a los consumidores a tarifa,además de las adquisiciones en el mercadogestionado por OMEL y en el mercado a plazoorganizado de OMIP.Actualmente las subastas de distribución tienenun “carácter transitorio”, y según la OrdenITC/400/<strong>2007</strong>, “resultan claves para prepararla entrada en vigor de las tarifas de últimorecurso”.Con fecha 27 de febrero de <strong>2007</strong>, Informe sobreexperiencias internacionales de las subastasde capacidad virtual. Dicho informe estápublicado en la web de la CNE.Con fecha 19 de julio de <strong>2007</strong>, Informe desupervisión sobre el desarrollo de la primerasubasta de emisiones primarias de energíae Informe de supervisión sobre propuesta demejoras de la primera subasta de emisionesprimarias de energía.Con fecha 2 de octubre de <strong>2007</strong>, Informe desupervisión sobre el desarrollo de la segundasubasta de emisiones primarias de energía.Con fecha 7 de noviembre de <strong>2007</strong>, Informede supervisión sobre propuesta de mejoras dela segunda subasta de emisiones primarias deenergía.Con fecha 11 de enero de <strong>2007</strong>, el Consejo deAdministración aprobó Informe 1/<strong>2007</strong> de laCNE sobre la propuesta de Orden Ministerialpor la que se regulan los contratos bilateralesde los distribuidores y las Resoluciones que ladesarrollan.Durante <strong>2007</strong> se han celebrado, según el calendariode la disposición transitoria primera de dichaOrden, tres subastas: el 19 de junio, el 18 deseptiembre y el 18 de diciembre de <strong>2007</strong>.En virtud del artículo 6 de la Orden ITC/400/<strong>2007</strong>,de 26 de febrero, la CNE designó la entidad independienteencargada de la realización de las subastas,mediante contrato anual, de acuerdo conlos procedimientos previstos en la legislación decontratos de las Administraciones Públicas.5.2.3. Subastas CESURLa Orden ITC/400/<strong>2007</strong>, de 26 de febrero, regulala contratación bilateral de energía eléctricaEl artículo 5 de la citada Orden designa a laComisión Nacional de Energía como entidadresponsable de supervisar que “el proceso dela subasta se ha realizado de forma objetiva,93

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