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Memoria 2007 — — - Energía Diario

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B. Sector de hidrocarburos1. Marco normativo para los hidrocarburos líquidos1.1. Hidrocarburos líquidosLa Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector dehidrocarburos, texto principal de la normativa enmateria de hidrocarburos líquidos, ha sido modificadamediante la Ley 12/<strong>2007</strong>, de 2 de julio,con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva2003/55/CE del Parlamento Europeo y delConsejo, de 26 de junio de 2003, sobre normascomunes para el mercado interior del gas natural.En concreto, se han introducido modificacionesrelativas a las autorizaciones de exploración, permisosde investigación y concesiones de explotaciónde los hidrocarburos, así como a las categoríasde agentes que intervienen en el mercadode gases licuados del petróleo (GLP).Por otra parte, el Real Decreto 1716/2004, de23 de julio, por el que se regula la obligaciónde mantenimiento de existencias mínimas deseguridad, la diversificación de abastecimientode gas natural y la Corporación de ReservasEstratégicas de Productos Petrolíferos, tambiénha sido modificado mediante el Real Decreto1766/<strong>2007</strong>, de 28 de diciembre. Este Real Decretoaumenta el volumen de existencias mínimasde seguridad de productos petrolíferos–de 90 a 92 días, a partir del 1 de enero de2010–, y adapta su contenido a las categoríasde los agentes del mercado de GLP obligadosa mantener existencias mínimas de seguridad,según la nueva redacción de la Ley del sectorde hidrocarburos. En este mismo marco de existenciasmínimas, la Orden ITC/3819/<strong>2007</strong>, de17 de diciembre, aprueba las cuotas de la Corporaciónde Reservas Estratégicas de ProductosPetrolíferos correspondientes al ejercicio 2008.Mediante Resolución de 29 de mayo de <strong>2007</strong>, laDirección General de Política Energética y Minasaprueba los nuevos formularios oficiales quedeben utilizar los sujetos obligados a mantenerexistencias mínimas para remitir la informacióna la Dirección General de Política Energética yMinas, a la Comisión Nacional de Energía y ala Corporación de Reservas Estratégicas de ProductosPetrolíferos. Otra Resolución de la citadaDirección General, de 26 de octubre de <strong>2007</strong>,especifica las obligaciones de mantenimiento deexistencias mínimas de seguridad de productospetrolíferos de la Corporación de Reservas Estratégicasde Productos Petrolíferos, y de lossujetos obligados a partir del 31 de octubre de<strong>2007</strong>, para la adaptación progresiva de su volumenhasta lo establecido en el artículo 14 delReal Decreto 1716/2004.Durante el año <strong>2007</strong> se ha aprobado tambiénla Ley 31/<strong>2007</strong>, de 30 de octubre, sobre procedimientosde contratación de sectores especiales(agua, energía, transportes, servicios postales...).Cabe hacer referencia, finalmente, a cierta normativarelativa al suministro de información sobreproductos petrolíferos aprobada en <strong>2007</strong>. Setrata de la Orden ITC/2308/<strong>2007</strong>, de 25 de julio,por la que se determina la forma de remisión deinformación al Ministerio de Industria, Turismoy Comercio, sobre las actividades de suministrode productos petrolíferos.95

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