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Memoria 2007 — — - Energía Diario

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Con fecha 7 de julio de <strong>2007</strong> se publicó en elBOE la Orden PRE/2017/<strong>2007</strong>, de 6 de julio,por la que se regula el derecho de cobro correspondientea la financiación del déficit ex ante deingresos de las liquidaciones de las actividadesreguladas y su procedimiento de subasta.Asimismo, esta Orden, en el apartado 4 del artículo8, establece que las subastas serán gestionadaspor la Comisión Nacional de Energía. En elapartado 5 de este mismo artículo se expresa queel gestor de la subasta será responsable de la redaccióny el establecimiento del pliego de basesy de los contratos necesarios para la celebraciónde las subastas, que deberán ser publicados en el“Boletín Oficial del Estado” y en la página webde la CNE.por la que se aprueban el pliego de bases y losdocumentos relacionados con el procedimiento desubasta del déficit reconocido ex ante en las liquidacionesde las actividades reguladas. Esta Resoluciónestablece de manera detallada el marcooperativo en el que se desarrollaba la subasta mediantela presentación de las reglas que regularíansu funcionamiento, y anexaba los documentos quese requerían en las distintas etapas del proceso.En este mismo sentido, se publicó la Resolución de18 de octubre de <strong>2007</strong>, de la Comisión Nacional deEnergía, por la que se modifica la de 4 de octubrede <strong>2007</strong>, por la que se aprueban el pliego de basesy los documentos relacionados con el procedimientode subasta del déficit reconocido ex ante en lasliquidaciones de las actividades reguladas.Por otro lado, la Disposición Final primera deesa misma Orden autoriza a la CNE a adoptar lasmedidas necesarias para su ejecución.Con fecha 26 de octubre de <strong>2007</strong> se publicóen el BOE la Resolución de 16 de octubre de<strong>2007</strong>, de la Dirección General de Política Energéticay Minas, para la aplicación de la OrdenPRE/2017/<strong>2007</strong>, de 6 de julio, por la que se regulael derecho de cobro correspondiente a lafinanciación del déficit ex ante de ingresos delas liquidaciones de las actividades reguladas ysu procedimiento de subasta.Actuaciones de la CNE en el procedimientode la primera subasta del déficit ex anteEn base a lo establecido en la Orden PRE/2017/<strong>2007</strong>, de 6 de julio, la Comisión Nacional de Energíapublicó la Resolución de 4 de octubre de <strong>2007</strong>,En las Resoluciones de la Comisión se establecíael calendario de la subasta. En concreto, establecíatres sesiones informativas y las etapas del procesode la primera subasta del déficit ex ante.Las tres sesiones informativas tuvieron lugar enla sede de la CNE los días 15 y 19 de octubre y7 de noviembre de <strong>2007</strong>.Las etapas de la subasta fueron las siguientes: Fase de calificación: prerregistro, que durabahasta el 16 de noviembre de <strong>2007</strong>. Fase de calificación: presentación de subsanaciones,cuyo plazo fue del 19 al 21 de noviembrede <strong>2007</strong>. Fase de presentación de ofertas, fueron losdías 22 y 23 de noviembre de <strong>2007</strong>. Fase de subsanación de la fase de validaciónde las ofertas, fueron los días 26 y 27 de noviembre.87

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