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Memoria 2007 — — - Energía Diario

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4.2. De desarrollo del Real Decreto-Ley 6/2000, de 23 de junio, de medidas urgentesde intensificación de la competencia en mercados de bienes y serviciosArtículo 1 Real Decreto-Ley 6/2000El artículo 1 del Real Decreto-Ley 6/2000 de23 de junio, de medidas urgentes de intensificaciónde la competencia en mercados de bienesy servicios, prevé la “ampliación del accionariadode la Compañía Logística de Hidrocarburos(CLH)”, estableciendo a tal efecto, en su apartado1, las siguientes limitaciones:a) Ninguna persona física o jurídica podrá participaren su accionariado en una proporciónsuperior al 25 % del capital o de los derechosde voto de la entidad.b) La suma de las participaciones directas oindirectas de aquellos accionistas con capacidadde refino en España no podrá superarel 45 %.en relación con la adquisición por parte del grupoBP de una participación del 20 % en el capitalsocial de China Aviation Oil (Singapore) Corporation,LTD.Artículo 2 Real Decreto-Ley 6/2000El artículo 2 del Real Decreto-Ley 6/2000 establecióque los titulares de instalaciones fijas dealmacenamiento y transporte de productos petrolíferosque deban permitir el acceso a terceroshabrían de comunicar a la Comisión Nacionalde Energía los contratos que suscribiesen, larelación de precios por la utilización de dichasinstalaciones, así como las modificaciones de losmismos. La CNE, por su parte, debería hacerpública dicha información.Según el apartado 3 del citado artículo 1, la CNEestá legitimada para ejercitar, en tanto en cuantono se adecue la cifra de participación en el capitalo en los derechos de voto a los citados porcentajesmáximos, las acciones legales tendentesa hacer efectivas las limitaciones impuestas endicho artículo.En este sentido, la Dirección de Petróleo realizó,como en ocasiones anteriores, un informe anualsobre el grado de cumplimiento de las limitacionesa la participación en el capital social deCLH impuestas por el apartado 1 del artículo 1del Real Decreto-Ley 6/2000.Por otra parte, con fecha 31 de mayo de <strong>2007</strong> secerró el expediente informativo abierto en 2006En 2001 se iniciaron los trabajos para la elaboraciónde una base de datos en la que registrar lainformación relevante recogida en los contratosenviados a la CNE por las compañías logísticas.A su vez, se trabajó en el desarrollo necesario parala difusión en la página web de la CNE (www.cne.es) de la información contractual a la quehace referencia el artículo 2 del RD-L 6/2000.La información comenzó a difundirse en la páginaweb de la CNE el 21 de diciembre de 2001,previa autorización de su publicación en Consejode 20 de diciembre de 2001. Durante el ejercicio2002, la CNE realizó una presentación sobre elcontenido de dicha página a diversos organismosrelacionados con el sector. En el primer trimestredel año 2003, se realizó la tercera actualización204

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