10.07.2015 Views

Memoria 2007 — — - Energía Diario

Memoria 2007 — — - Energía Diario

Memoria 2007 — — - Energía Diario

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

3.2. Actividades en relación con la regasificación, transporte y almacenamientosubterráneo del sistema gasistaInforme relativo al cálculo de la retribuciónprovisional para <strong>2007</strong> de instalacionesde regasificación en cumplimientodel mandato establecido en la DisposiciónAdicional Séptima de la Orden ITC/3994/2006Mediante la emisión de dicho informe se dacumplimiento al mandato establecido en laDisposición Adicional Séptima de la OrdenITC/3994/2006, de 29 de diciembre, por la quese establece la retribución de las actividades deregasificación, en el que se solicita a la ComisiónNacional de Energía el cálculo de la retribuciónprovisional correspondiente al año <strong>2007</strong>de las instalaciones de regasificación puestasen servicio que no dispongan de la resoluciónde reconocimiento definitiva y dispongan dela resolución de reconocimiento de retribuciónprovisional. Para el cálculo de la retribuciónprovisional de regasificación se tuvo tambiénen cuenta la corrección de errores de la OrdenITC/3994/2006, publicada en el BOE de 22 defebrero de <strong>2007</strong>.Dicho informe, aprobado por el Consejo de Administraciónde la CNE en fecha 1 de marzo de<strong>2007</strong>, concluía que, dado que no ha sido aprobadala retribución de la actividad de regasificaciónpara <strong>2007</strong>, se ha calculado la retribución anualfija que corresponde para el <strong>2007</strong> a cada grupoempresarial por la actividad de regasificación,mediante el procedimiento descrito en la OrdenITC/3994/2006 y de acuerdo con los valores delanexo V de dicha Orden. En cualquier caso, correspondeal Ministerio de Industria, Turismo yComercio la aprobación anual final de la retribuciónde la actividad de regasificación para cadaempresa o grupo empresarial.Informe relativo al cálculo de la retribuciónde almacenamientos subterráneospara el año <strong>2007</strong>, en cumplimientodel mandato establecido en el artículo 8de la Orden ITC/3995/2006Mediante la emisión de dicho informe se da cumplimientoal mandato establecido en el artículo8 de la Orden ITC/3995/2006, de 29 de diciembre,por la que se establece la retribución de losalmacenamientos subterráneos de gas naturalincluidos en la red básica, en el que se señalaque la Comisión Nacional de Energía calcularácada año la retribución correspondiente a cadauno de los almacenamientos y el valor resultantese aplicará en el procedimiento de liquidacionesde acuerdo con la Orden ECO/2692/2002, de 28de octubre, por la que se regulan los procedimientosde liquidación de la retribución de lasactividades reguladas del sector gas natural y delas cuotas con destinos específicos. Para el cálculode esta retribución anual fija para la actividadde almacenamiento en <strong>2007</strong>, se tuvo tambiénen cuenta la corrección de errores de la OrdenITC/3995/2006, de 29 de diciembre.Dicho informe, aprobado por el Consejo de Administraciónde la CNE en fecha 1 de marzo de<strong>2007</strong>, concluía que, para asegurar la recuperacióndel valor reconocido de la inversión, teniendo encuenta los nuevos valores publicados mediantecorrección de errores, sería necesario calcular la115

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!