10.07.2015 Views

Memoria 2007 — — - Energía Diario

Memoria 2007 — — - Energía Diario

Memoria 2007 — — - Energía Diario

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La disposición adicional decimotercera de lapropuesta de Real Decreto contemplaba la implantaciónde las medidas contenidas en la modificaciónde la Ley 25/1964, de energía nuclear,sobre la cobertura de determinados riesgos enmateria de daños medioambientales con origenen instalaciones nucleares y transportes de sustanciasnucleares.En el Informe 19/<strong>2007</strong>, esta Comisión propusono incorporar al texto del Real Decreto elcontenido de esta Disposición adicional, porapreciar que la articulación normativa de estemecanismo, en tanto viene exigido por lasConvenciones de París y Bruselas de las queel Estado Español constituye el tipo de disposiciónreglamentaria que ha de ser sometidapreviamente, con carácter preceptivo, a dictamende la Comisión Permanente del Consejode Estado.La Disposición adicional decimocuarta establecíaque los pagos resultantes de la minoraciónestablecida en el artículo 2 del Real-Decreto Ley3/2006, tendrán la consideración de ingresos liquidablesdel sistema. Es decir, que los saldosresultantes de la devolución de los derechos deemisión de gases de efecto invernadero asignadosgratuitamente a los productores de energíaeléctrica tendrían la consideración de ingresosliquidables del sistema.Esta Comisión propuso la supresión de dichadisposición adicional por considerar que el tratamientode los pagos resultantes de dicha devolucióncomo ingresos liquidables del sistemasuponía que éstos no estuviesen destinados a laminoración del déficit de actividades reguladasgenerado en el ejercicio 2006.Real Decreto 871/<strong>2007</strong>, de 29 de junio,por el que se ajustan las tarifas eléctricasa partir del 1 de julio de <strong>2007</strong>El Real Decreto 871/<strong>2007</strong>, de 29 de junio, por elque se revisa la tarifa eléctrica a partir del 1 dejulio del <strong>2007</strong>, reconoció ex ante la existenciade un déficit en la liquidación de las actividadesreguladas para el período comprendido entre el1 de julio de <strong>2007</strong> y el 30 de septiembre de <strong>2007</strong>por importe de 750.000 miles de euros.En lo referente a precios regulados, el Real Decreto871/<strong>2007</strong> mantuvo las tarifas de acceso alas redes de transporte y distribución de energíaeléctrica establecidas en el Real Decreto1634/2006.Cabe señalar que algunos de los precios finalmentepublicados difirieron de los valores consideradosen la propuesta de Real Decreto de laque esta Comisión emitió su informe 19/<strong>2007</strong>. Enparticular, se mantuvieron los precios establecidosen el Real Decreto 1634/<strong>2007</strong> para las tarifas1.0 y 2.0.X, tarifas generalmente utilizadas porconsumidores domésticos, si bien inicialmenteestaban contemplados aumentos nominales comprendidosentre el 1,5 % y el 5 %.Como consecuencia de lo anterior, las tarifasD, aplicables a los consumidores acogidos a laDisposición Transitoria 11.ª de la Ley 54/1997,aumentaron un 0,54 % sobre los precios establecidosen el Real Decreto 1634/2006. Dicho valorvino a corregir el establecido en el documento dela propuesta (1,93 %).Las tarifas generales de alta tensión registraronfinalmente una subida del 1,9 %, pese a que la72

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!