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Memoria 2007 — — - Energía Diario

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2. Actividades de liquidación2.1. Liquidación de los costes del sistema eléctricoDe conformidad con lo establecido en la DisposiciónAdicional Undécima, Apartado Tercero, 2,de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector dehidrocarburos, la CNE tiene entre sus funcionesla liquidación de los costes de transporte y distribuciónde energía eléctrica (actividades reguladas),de los costes permanentes del sistema, yde aquellos otros costes que se establezcan delconjunto del sistema, cuando su liquidación lesea expresamente encomendada.Las liquidaciones que efectúa la Comisión Nacionalde Energía pueden agruparse en dos grandestipos: liquidación de las actividades reguladas yliquidación de ocho cuotas.La liquidación de las actividades reguladas asignala retribución de las compañías eléctricas porel desarrollo de las actividades de transporte yde distribución. Según la distinta normativa publicada,existen una serie de conceptos asimiladosa las actividades reguladas y que tienenpor tanto la misma prelación en su cobro. En elejercicio <strong>2007</strong>, estos conceptos eran: desajustede ingresos de las actividades reguladas anteriora 2003, revisión del coste de generaciónextrapeninsular, calidad de servicio, ahorro yeficiencia energética, desajuste de ingresos delas actividades reguladas 2006, incentivo al consumode carbón autóctono y plan de viabilidadde Elcogás, S. A.Las ocho cuotas se agrupan en cuatro denominadascostes permanentes y en cuatro denominadascostes de diversificación y de seguridadde abastecimiento. Las cuatro primeras cuotasestán destinadas a compensar a las empresasextrapeninsulares, al Operador del Sistema, alOperador del Mercado y la tasa de la ComisiónNacional de Energía. Las cuotas para los costesde diversificación y seguridad de abastecimientoestán destinadas a compensar a las empresasafectadas por la moratoria nuclear; a financiarlas actividades del Plan General de Residuos Radiactivos;a compensar a aquellos distribuidoresno acogidos al Real Decreto 1538/1987, de 11de diciembre, sobre determinación de la tarifade las empresas gestoras del servicio, en cuyasdemarcaciones territoriales operan productoresde energía eléctrica en régimen especial y/oconsumidores acogidos a interrumpibilidad, y,por último, un recargo para recuperar el déficitde ingresos en la liquidación de las actividadesreguladas generado entre el 1 de enero de 2005y el 31 de diciembre de 2005.La Comisión, en el año <strong>2007</strong>, ha procedido arealizar las catorce liquidaciones provisionales acuenta de la anual del <strong>2007</strong>.Las liquidaciones provisionales a cuenta del año<strong>2007</strong> se han realizado de acuerdo con el procedimientoaprobado por el Consejo de Administraciónde la Comisión, teniendo en cuentatoda la normativa aplicable. Como normativa másrelevante surgida a lo largo del ejercicio a efectosliquidatorios, cabe destacar:170

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