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Taller Internacional - 5 junio.p65 - Riesgo y Cambio Climático

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INCORPORACIÓN DEL ANÁLISIS DEL RIESGO EN LOS PROCESOS DE PLANIFICACIÓN E INVERSIÓNPÚBLICA EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBEMemoria y Resultados del <strong>Taller</strong> <strong>Internacional</strong>GUÍA PARA ORIENTAR LASACCIONES E INVERSIONES ENGESTIÓN LOCAL DEL RIESGO ANIVEL MUNICIPALEl Sistema Nacional Ambiental, coordinado por el Ministerio del Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), se estructurasegún lo establecido por la Ley 99 de 1993 “ambiental” que define las responsabilidades del nivel central (en manos delMinisterio), del nivel regional (a cargo de las Corporaciones Autónomas Regionales), y del nivel municipal.Articulado al Sistema Nacional Ambiental aparece el instrumento que más incidencia puede tener en cuanto a la prevención delriesgo, que es el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), definido por la Ley 388 de 1997, específicamente el artículo 10, el cualse plantea como elemento fundamental para organizar el uso y ocupación del territorio de acuerdo con las potencialidades yrestricciones del mismo, y se constituye en un requisito esencial para orientar el desarrollo del municipio.En pocas palabras, el POT en cualquiera de sus versiones (que dependen del tamaño del municipio) nos da luces con respectoa las mejores opciones que existen dentro del municipio para desarrollar diferentes actividades (si es conveniente desarrollarlas)y en particular sobre dónde hacerlo y bajo qué restricciones, e implica la elaboración y adopción de acciones políticas, administrativasy de planificación física para orientar el desarrollo del territorio.El POT tiene un alcance de largo plazo (9 años), y su objetivo es mejorar la calidad de vida de sus habitantes y complementar laplanificación económica y social con la dimensión territorial, para racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar sudesarrollo y aprovechamiento sostenible, e incluye la definición de zonas sujetas a riesgos que admiten algún tipo de intervencióny de aquellos que no la permiten (riesgos no mitigables).La Ley establece que los planes de desarrollo municipal deberán tener en cuenta las definiciones de mediano y largo plazoestablecidas en el POT y que el programa de ejecución de éste último debe integrarse al plan de desarrollo.Finalmente, el Sistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres (SNPAD), que se organiza a partir de la Ley 46 de1988, reglamentado por el Decreto-Ley 919 de 1989, bajo la coordinación de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres(DPAD), entidad adscrita al Ministerio del Interior y de Justicia, articula la intervención de diferentes actores sociales, tantopúblicos como privados, así como de la academia a diferentes niveles, con miras a garantizar la reducción de riesgos yprevención de desastres, en primera instancia; y la respuesta efectiva en caso de desastres y la recuperación rápida de las zonasafectadas, en segunda.El “qué hacer” general del Sistema se concreta a través del Plan Nacional para la Prevención y Atención de Desastres, sancionadomediante el Decreto 93 de 1998. Su objeto es orientar las acciones del Estado y de la sociedad civil para la prevención ymitigación de riesgos, los preparativos para la atención y recuperación en caso de desastre, contribuyendo a reducir el riesgo yal desarrollo sostenible de las comunidades vulnerables ante los eventos naturales y antrópicos.Tal como sucede con los sistemas nacionales de planeación y ambiental, que cuentan con instrumentos de planificación local(Planes Municipales de Desarrollo y Planes de Ordenamiento Territorial) que dan buena cuenta de sus objetivos a este nivel, elSistema Nacional para la Prevención y Atención de Desastres cuenta con dos instrumentos de aplicación territorial: los PlanesLocales de Emergencia y Contingencias (PLEC), y los Planes Territoriales (Departamentales) de Prevención y Atención de Desastres(PTPAD), que desarrollan particularmente el objetivo de atender efectivamente los desastres, y avanzan en alguna medida sobrelos objetivos de reducir el riesgo y prevenir desastres, así como en el de orientar la rápida recuperación en las zonas afectadas.La propuesta que acompaña a esta guía y la justifica, está centrada en la necesidad, hoy evidente, de articular los diferentesinstrumentos de planeación local con el propósito de garantizar una intervención coherente frente al riesgo, en términos delcorto, mediano y largo plazo, e incorporar los componentes suficientes y necesarios para dar cuenta de ello.En la Figura 13 se representa de manera esquemática la convergencia de los tres sistemas; mientras que en el Anexo 2 seresumen las principales normas relacionadas con la Gestión del <strong>Riesgo</strong> que involucran a los municipios.105

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