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E - Programa Seguimiento Prematuro

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Dr. René Castro Santoro<br />

formulan 3 principios básicos sobre esta materia :<br />

1. Dado que la S.R. es un bien social importante, promoverla y mejorar las<br />

condiciones para que sea alcanzada son obligaciones éticas. Para cumplir esta<br />

obligación los Gobiernos deben reconocer y proteger 3 tipos de derechos que<br />

son esenciales para la promoción de la S.R.:<br />

a) derechos a la atención en salud y la información con respecto a la salud;<br />

b) derechos relacionados con la libertad y seguridad de las personas;<br />

c) derechos vinculados a la condición social y la igualdad de la mujer en la<br />

sociedad.<br />

2. La justicia en el ámbito de la S.R. requiere una distribución equitativa de los<br />

beneficios y las responsabilidades relacionadas con las decisiones reproductivas,<br />

incluyendo la de tener o no tener hijos. Como condiciones para alcanzar este<br />

logro se requiere :<br />

a) garantizar igualdad de todas las personas en la sociedad con respecto a las<br />

decisiones reproductivas, independiente de cualquier factor de discriminación;<br />

b) información sobre SR y disponibilidad de servicios debe fluir libremente y<br />

alcanzar una amplia difusión;<br />

c) proteger efectivamente los derechos individuales en sus distintas dimensiones.<br />

3. Para que las acciones y prácticas sean éticas, debe tratarse a las personas con<br />

respeto, y debe respetarse la autonomía de los individuos, asegurar que las personas<br />

puedan alcanzar una capacidad plena de tomar decisiones reproductivas<br />

(consentimiento informado).<br />

SALUD DE LAS MUJERES<br />

"El replanteamiento de la atención de la mujer en términos que garanticen un<br />

cuidado verdaderamente integral de la persona - hombre o mujer - conducirá<br />

eventualmente a abogar por servicios de atención a la mujer y no simplemente a la<br />

madre...". O.P.S., 1990.<br />

En 1995, en relación a la atención de salud de las mujeres, el <strong>Programa</strong> Mujer,<br />

Salud y Desarrollo de la O.P.S. señala los siguientes lineamientos:<br />

- La mujer como sujeto de derechos en salud (apropiación por parte de la mujer,<br />

del conocimiento e información sobre su salud);<br />

- Desarrollar opciones y la autonomía de la mujer para tomar decisiones sobre su<br />

vida, su cuerpo y su sexualidad;<br />

- Valorización social y económica de la función reproductiva.<br />

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