E - Programa Seguimiento Prematuro
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Dr. René Castro Santoro<br />
formulan 3 principios básicos sobre esta materia :<br />
1. Dado que la S.R. es un bien social importante, promoverla y mejorar las<br />
condiciones para que sea alcanzada son obligaciones éticas. Para cumplir esta<br />
obligación los Gobiernos deben reconocer y proteger 3 tipos de derechos que<br />
son esenciales para la promoción de la S.R.:<br />
a) derechos a la atención en salud y la información con respecto a la salud;<br />
b) derechos relacionados con la libertad y seguridad de las personas;<br />
c) derechos vinculados a la condición social y la igualdad de la mujer en la<br />
sociedad.<br />
2. La justicia en el ámbito de la S.R. requiere una distribución equitativa de los<br />
beneficios y las responsabilidades relacionadas con las decisiones reproductivas,<br />
incluyendo la de tener o no tener hijos. Como condiciones para alcanzar este<br />
logro se requiere :<br />
a) garantizar igualdad de todas las personas en la sociedad con respecto a las<br />
decisiones reproductivas, independiente de cualquier factor de discriminación;<br />
b) información sobre SR y disponibilidad de servicios debe fluir libremente y<br />
alcanzar una amplia difusión;<br />
c) proteger efectivamente los derechos individuales en sus distintas dimensiones.<br />
3. Para que las acciones y prácticas sean éticas, debe tratarse a las personas con<br />
respeto, y debe respetarse la autonomía de los individuos, asegurar que las personas<br />
puedan alcanzar una capacidad plena de tomar decisiones reproductivas<br />
(consentimiento informado).<br />
SALUD DE LAS MUJERES<br />
"El replanteamiento de la atención de la mujer en términos que garanticen un<br />
cuidado verdaderamente integral de la persona - hombre o mujer - conducirá<br />
eventualmente a abogar por servicios de atención a la mujer y no simplemente a la<br />
madre...". O.P.S., 1990.<br />
En 1995, en relación a la atención de salud de las mujeres, el <strong>Programa</strong> Mujer,<br />
Salud y Desarrollo de la O.P.S. señala los siguientes lineamientos:<br />
- La mujer como sujeto de derechos en salud (apropiación por parte de la mujer,<br />
del conocimiento e información sobre su salud);<br />
- Desarrollar opciones y la autonomía de la mujer para tomar decisiones sobre su<br />
vida, su cuerpo y su sexualidad;<br />
- Valorización social y económica de la función reproductiva.<br />
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