E - Programa Seguimiento Prematuro
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Dr. David Montoya Squifi<br />
En la violación conyugal existe una situación complicada en relación a condenar a<br />
un marido por violación, el legislador en forma especial considera que la mujer se<br />
tiene que haber negado explícitamente al acto sexual para que sea una violación, y<br />
este punto es difícil precisar, pues la mujer puede haber estado privada de la razón,<br />
o bajo los efectos del alcohol, no existen posibilidades de oponerse, porque la pareja<br />
está conviviendo juntos, están durmiendo de una misma cama, normalmente estas<br />
situaciones se dan con grandes lesiones, pues se considera que la vida sexual es<br />
obligatoria en el matrimonio generando su negativa una gran violencia y agresividad.<br />
Acceso carnal, vaginal, anal o bucal bajo engaño, entre los 12 y 18 años, a veces se<br />
dan bajo promesas de matrimonio o trabajo u obtención de documentos o negocios<br />
en personas muy ingenuas, jóvenes, minusválidos e incapacitados.<br />
- Mayor de 12 años, la Ley establece la dependencia, es el hecho de estas violaciones<br />
entre 12 y 18 años con un cierto grado de dependencia, específicamente<br />
empleadas domésticas o las empleadas de comercio, donde el patrón abusa de<br />
ellas, eso lo coloca en una relación de custodia, una relación laboral, desamparo<br />
de la víctima, en los hogares de menores como un delito importante.<br />
BAJO EL USO DE LA FUERZA<br />
El abuso sexual lo constituye cualquier acto de significación sexual y de relevancia<br />
con contacto corporal o al menos afectación genital, anal o bucal de la víctima aún<br />
cuando ello se provoque mediante la utilización de instrumentos, que significa la<br />
no penetración, pero el uso tocaciones impúdicas e incluye otras cosas instrumentos<br />
o objetos que amplía este tipo de delitos.<br />
Producción de material pornográfico con menores, menor de 12 años en cualquier<br />
circunstancia, esto no estaba legislado, eso no era delito, entre los 12 y 18 años<br />
igual con esta relación laboral de dependencia, también es delito.<br />
La sodomía, se despenalizó entre adultos con consentimiento de ellos y privacidad,<br />
pero el acceso carnal entre los 12 y 18 años es delito. El acceso carnal está tipificado<br />
como delito a esta edad con personas de un mismo sexo.<br />
Se puede presentar la denuncia, en Carabineros, Investigaciones, directamente al<br />
Tribunal, dependencia del Ministerio Público, que será la Fiscalía proximamente.<br />
Se hará un acta en duplicado con el examen clínico general de la cabeza a los pies,<br />
examen de laboratorio, firmados por el jefe y se debe conservar por un año, pues la<br />
persona pudiera no querer hacer la denuncia si es mayor de edad, porque en un<br />
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