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E - Programa Seguimiento Prematuro

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Dr. David Montoya Squifi<br />

En la violación conyugal existe una situación complicada en relación a condenar a<br />

un marido por violación, el legislador en forma especial considera que la mujer se<br />

tiene que haber negado explícitamente al acto sexual para que sea una violación, y<br />

este punto es difícil precisar, pues la mujer puede haber estado privada de la razón,<br />

o bajo los efectos del alcohol, no existen posibilidades de oponerse, porque la pareja<br />

está conviviendo juntos, están durmiendo de una misma cama, normalmente estas<br />

situaciones se dan con grandes lesiones, pues se considera que la vida sexual es<br />

obligatoria en el matrimonio generando su negativa una gran violencia y agresividad.<br />

Acceso carnal, vaginal, anal o bucal bajo engaño, entre los 12 y 18 años, a veces se<br />

dan bajo promesas de matrimonio o trabajo u obtención de documentos o negocios<br />

en personas muy ingenuas, jóvenes, minusválidos e incapacitados.<br />

- Mayor de 12 años, la Ley establece la dependencia, es el hecho de estas violaciones<br />

entre 12 y 18 años con un cierto grado de dependencia, específicamente<br />

empleadas domésticas o las empleadas de comercio, donde el patrón abusa de<br />

ellas, eso lo coloca en una relación de custodia, una relación laboral, desamparo<br />

de la víctima, en los hogares de menores como un delito importante.<br />

BAJO EL USO DE LA FUERZA<br />

El abuso sexual lo constituye cualquier acto de significación sexual y de relevancia<br />

con contacto corporal o al menos afectación genital, anal o bucal de la víctima aún<br />

cuando ello se provoque mediante la utilización de instrumentos, que significa la<br />

no penetración, pero el uso tocaciones impúdicas e incluye otras cosas instrumentos<br />

o objetos que amplía este tipo de delitos.<br />

Producción de material pornográfico con menores, menor de 12 años en cualquier<br />

circunstancia, esto no estaba legislado, eso no era delito, entre los 12 y 18 años<br />

igual con esta relación laboral de dependencia, también es delito.<br />

La sodomía, se despenalizó entre adultos con consentimiento de ellos y privacidad,<br />

pero el acceso carnal entre los 12 y 18 años es delito. El acceso carnal está tipificado<br />

como delito a esta edad con personas de un mismo sexo.<br />

Se puede presentar la denuncia, en Carabineros, Investigaciones, directamente al<br />

Tribunal, dependencia del Ministerio Público, que será la Fiscalía proximamente.<br />

Se hará un acta en duplicado con el examen clínico general de la cabeza a los pies,<br />

examen de laboratorio, firmados por el jefe y se debe conservar por un año, pues la<br />

persona pudiera no querer hacer la denuncia si es mayor de edad, porque en un<br />

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