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FUNDACIÓN TIERRA<br />
Problemas en Itikaguasu<br />
y la TCO Mosetén<br />
En la aplicación del derecho a la consulta para actividades hidrocarburíferas,<br />
lastimosamente, no todo es color de rosa. Algunas capitanías del pueblo<br />
guaraní, como la de Itikaguasu, de la APG Tarija, y la TCO Mosetén, de la<br />
Cpilap, han denunciado incumplimiento de ese derecho. Han manifestado<br />
que los personeros enviados se han limitado a hacer una reunión, informar<br />
y responder algunas preguntas. Luego se firma un registro y ya estaría hecha<br />
la consulta.<br />
En la APG Itikaguasu se desarrollan actividades de exploración, explotación<br />
y transporte de gas y petróleo por la empresa Repsol YPF. Entre 2007 y 2010,<br />
al menos 20 licencias de operación han sido aprobadas dentro de la TCO,<br />
pero en ningún caso se cumplió con el derecho a la consulta. La vicepresidenta<br />
de la APG Tarija, Judith Cuarto, dijo [en el sitio web del Cidob]: “Las<br />
empresas petroleras están entrando sin consulta, sin respeto a nuestros hermanos<br />
realizando la explotación de los recursos naturales sin previo aviso a<br />
las organizaciones”.<br />
Según medios de prensa, en el norte de La Paz, solamente se ha consultado a algunas<br />
organizaciones de colonizadores y no así a los propios vivientes y afectados<br />
de la TCO. Lorenzo Paredes, de la Cpilap, dijo lo siguiente: “El derecho a la<br />
consulta al pueblo mosetén está siendo vulnerado. Desde el año pasado (2009)<br />
y luego de haber comenzado la operación sísmica para iniciar la actividad hidrocarburífera,<br />
el Ministerio de Hidrocarburos obtuvo el aval de los hermanos<br />
interculturales en dos días” La empresa Petroandina SAM hizo prospección<br />
petrolera en el bloque Lliquimuni sin un proceso de consulta adecuado y sin<br />
respetar la estructura orgánica.<br />
El gobierno tiene urgencia en proceder con actividades exploración y explotación<br />
afectando los derechos de los pueblos indígena originarios. Manifiesta a<br />
diario que es prioritario explotar estos recursos, que son propiedad del Estado.<br />
Algún ministro de nuestro actual gobierno ha manifestado que el derecho a la<br />
consulta entorpece la explotación de recursos que Bolivia necesita a como dé<br />
lugar. En algunos casos, cuando se denuncia el incumplimiento de esta obligación<br />
del Estado, hay cuestionamiento y persecución; incluso, a algunas ONG<br />
que trabajan con pueblos indígenas las vinculan con Usaid [Agencia de cooperación<br />
de EEUU].<br />
No hay consulta en<br />
minería<br />
Con relación a la minería, y esto lo han vivido nuestros hermanos del Conamaq,<br />
no hay procedimiento de consulta específico para esa actividad. Sin embargo,<br />
el artículo 15 del Código de Minería (Ley 1777, de 1997) reconoce que<br />
los derechos del Convenio 169 (adoptado por el país a través de la Ley 1257) se<br />
pueden adaptar a la actividad minera*.<br />
Florencio Vargas, representante del Jach’a Suyu Pakajaqi, dijo: “Los conflictos<br />
no son recientes, ya que la minería ha explotado donde ha querido dejando<br />
lugares secos [y] donde ya no se puede ni sembrar, no se puede producir”. Efectivamente,<br />
la minería tiene fuerte impacto en el medio ambiente. El Conamaq<br />
manifiesta que aparte de los problemas de contaminación, hay acaparamiento<br />
* El mencionado artículo dice lo siguiente: “Los preceptos del artículo 171 de la Constitución<br />
Política del Estado y las disposiciones pertinentes del convenio No 169 de la Organización<br />
Internacional del Trabajo ratificado por Ley No 1257 de 11 de julio de 1991 son aplicables al<br />
sector minero”. (N. del E.).