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256<br />
FUNDACIÓN TIERRA<br />
mento de juzgar a una persona culturalmente diferente tenemos que conocer<br />
su acerbo cultural.<br />
Pasar de la insurgencia a<br />
la propuesta<br />
En la última parte de este comentario voy a referirme a algo que siempre ha<br />
llamado mi atención. La jurisdicción indígena se ha construido sobre la base de<br />
un proceso insurgente, es decir, como una posibilidad alternativa para garantizar<br />
el acceso a una mejor justicia; tiene una visión crítica de la justicia ordinaria<br />
porque la considera ajena, porque beneficia a quienes tienen dinero y porque es<br />
lenta, corrupta y otros calificativos. Al contrario, los miembros de los pueblos<br />
indígenas perciben que su justicia es mucho más pronta, más humana, busca el<br />
consenso, es comunitaria, reparadora, etcétera.<br />
Este argumento lo escuché en muchos eventos y creo que, tras la aprobación<br />
de la Constitución Política del Estado y el pronto debate en la Asamblea Legislativa<br />
del proyecto de Ley de Deslinde Jurisdiccional, se acabó el discurso<br />
subversivo y llegó el momento de que los indígenas demuestren que su justicia<br />
es mejor que la ordinaria y la agroambiental. Por eso considero que es un proceso<br />
largo porque la aplicación de la justicia es muy heterogénea. Eddy Burgoa<br />
comentaba que en algunas comunidades resuelven algunos casos, pero otros<br />
prefieren remitirlos; algunas comunidades cooperan con las otras jurisdicciones,<br />
y otras dicen que es imposible contemplar algún tema, como el asesinato,<br />
con el argumento de que esto destruiría la unidad de la comunidad.<br />
La reconstitución de la<br />
justicia indígena tomará<br />
tiempo<br />
Por eso el proceso de implementación de la jurisdicción indígena es largo.<br />
Como se ha establecido en el anteproyecto de ley, las comunidades pueden remitir<br />
las causas a otras jurisdicciones. Este elemento fundamental no está muy<br />
desarrollado en el anteproyecto de ley, ya que éste es un documento muy corto,<br />
sin embargo, no se podía hacer más porque tenemos una Constitución heterogénea<br />
de sistemas y ordenamientos jurídicos y de administración de justicia.<br />
El elemento esencial que acompañará el proceso de emancipación de los indígenas<br />
es la reconstitución y esa es una tarea difícil para los sistemas de administración<br />
de justicia ahora que se habla, como decía Silvia Rivera, de la memoria<br />
larga.<br />
Si bien hay que reconstituir, [esa memoria larga], la justicia indígena también<br />
debería utilizar el saber universal de construcción de lo jurídico; el saber occidental<br />
no es per se malo, nocivo o colonizador. Creo que en este encuentro<br />
intercultural de sistemas tenemos que cooperar y coordinar para construir una<br />
justicia plural para todos los bolivianos.