Descargar el documento - Unesco
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IV.2.2 La educación promueve <strong>el</strong> desarrollo de planes de vida y proyectos personales.<br />
IV.2.3 La educación promueve la capacidad de actuar con responsabilidad reconociendo<br />
los derechos y limitaciones propias.<br />
IV.3 La educación fomenta la capacidad de establecer r<strong>el</strong>aciones empáticas.<br />
IV.3.1 La educación promueve aprendizajes que permiten una comunicación efectiva<br />
a través d<strong>el</strong> desarrollo de la capacidad de escucha y de expresión.<br />
IV.3.2 La educación promueve la importancia de desarrollar r<strong>el</strong>aciones entre<br />
hombres y mujeres que potencien su participación equitativa en la vida<br />
económica familiar, social y cultural.<br />
IV.3.3 La educación está orientada a que los estudiantes aprendan a hacerse<br />
responsable d<strong>el</strong> “otro.”<br />
IV.4 La educación está orientada al desarrollo d<strong>el</strong> juicio moral y de los comportamientos<br />
éticos sustentados en <strong>el</strong> respeto de la dignidad de las personas.<br />
IV.4.1 La educación está orientada a desarrollar la capacidad de discernimiento<br />
sobre las acciones personales y de los otros frente al bien común.<br />
IV.4.2 La educación ayuda a conocer, comprender y actuar en concordancia con<br />
<strong>el</strong> principio ético de que todos los seres humanos nacen libres e iguales<br />
en dignidad y derechos.<br />
Pertinencia<br />
I Orientaciones al respeto valoración de la diversidad y participación de todos<br />
I.1 Se considera los derechos básicos que garantizan una educación de calidad para<br />
todos, a lo largo de la vida<br />
I.1.1 Se afirma <strong>el</strong> derecho de toda persona, cualquier sea su condición individual,<br />
social o cultural, a recibir una educación de calidad a lo largo de la vida<br />
I.1.2 Se establece <strong>el</strong> derecho de todo estudiante a no ser discriminado por<br />
motivos de color, etnia, género, preferencia sexual, condición social u otras<br />
diferencias (Convención r<strong>el</strong>ativa a la lucha contra las discriminaciones en<br />
la esfera de la enseñanza,1960)<br />
I.1.3 Se establece <strong>el</strong> derecho de todo estudiante a participar de las actividades<br />
que desarrolla la escu<strong>el</strong>a, sin ser discriminado.<br />
I.1.4 Se establece <strong>el</strong> derecho de todo estudiante a recibir una educación que<br />
permita desarrollar y fortalecer la propia identidad en <strong>el</strong> encuentro con<br />
otros.<br />
I.1.5 Se afirma la igualdad de género en <strong>el</strong> acceso y calidad de la educación que<br />
se brinde tanto a hombres y mujeres.<br />
I.1.6 Se afirma <strong>el</strong> derecho de personas con necesidades educativas especiales,<br />
a recibir una educación de calidad en igualdad de oportunidades.<br />
I.1.7 Se establece <strong>el</strong> derecho a la libertad de credo en la esfera de la enseñanza.<br />
I.2 Se promueve y protege <strong>el</strong> derecho de los pueblos indígenas, afro-descendientes,<br />
migrantes y demás minorías, r<strong>el</strong>igiosas y lingüísticas, a recibir una educación que<br />
valore e incorpore su lengua y cultura a la enseñanza.<br />
I.2.1 Se afirma <strong>el</strong> derecho de los estudiantes pertenecientes a minorías indígenas<br />
a recibir una educación intercultural que le permita profundizar en <strong>el</strong><br />
conocimiento y valoración de la propia cultura y participar en la sociedad<br />
mundial (Art. 29, OIT).<br />
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