Descargar el documento - Unesco
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culturales, a recibir una educación que incorpore su lengua y cultura.<br />
• El derecho a un trato digno, a no ser discriminado y a participar de las actividades<br />
que desarrolla la escu<strong>el</strong>a sin exclusiones.<br />
• El derecho de ambos géneros a recibir a una educación que asegure su desarrollo<br />
pleno y <strong>el</strong>imine toda forma de discriminación contra la mujer.<br />
• El derecho a recibir una educación que favorezca la libertad de conciencia y credo,<br />
y <strong>el</strong>imine cualquier forma de discriminación r<strong>el</strong>igiosa.<br />
• El derecho de grupos en situación de vulnerabilidad a recibir una educación de<br />
calidad y con igualdad de oportunidades<br />
Las políticas educativas de la región priorizan la garantía d<strong>el</strong> derecho a la educación de<br />
todos los ciudadanos, asegurando la igualdad de acceso y permanencia en <strong>el</strong> sistema, mediante<br />
la provisión de un servicio de educación pública y gratuita –usualmente entendida como<br />
ausencia de pagos de aranc<strong>el</strong>es– en los niv<strong>el</strong>es obligatorios, mencionándose sólo en algunos<br />
países que ésta debe ser de calidad.<br />
La educación es considerada en las legislaciones, como una función esencial d<strong>el</strong> Estado<br />
y un derecho de toda persona, siendo que en Brasil se hace explícito <strong>el</strong> derecho a exigirlo y<br />
en Panamá la responsabilidad de la persona a educarse. En <strong>el</strong> caso de Guyana, <strong>el</strong> deber de los<br />
padres a educar a sus hijos es regulado y sancionado en caso que no se cumpla. Varios países<br />
agregan <strong>el</strong> deber de la familia y comunidad de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento<br />
de la educación.<br />
(a.1) El derecho a recibir una educación que permita desarrollar y fortalecer la<br />
propia identidad<br />
Como se señala en otro <strong>documento</strong> (UNESCO, 2007), la respuesta a la diversidad<br />
implica asegurar <strong>el</strong> derecho a la identidad propia, respetando a cada uno como es, con sus<br />
características biológicas, sociales, culturales y de personalidad, que permiten precisamente la<br />
individuación de un sujeto en la sociedad.<br />
Este derecho aparece señalado con menos frecuencia en las normativas o bien está<br />
presente en asociación con <strong>el</strong> sentido de identidad nacional, aunque en todos los países se<br />
aspira a ofrecer una educación integral que contribuya al desarrollo de la personalidad d<strong>el</strong><br />
educando. Se contempla las capacidades físicas, int<strong>el</strong>ectuales, creadoras y críticas o, en otros<br />
términos, se estipula la necesidad de una adecuada expresión y oportunidades de desarrollo<br />
de las habilidades educativas y vocacionales, así como aptitudes e intereses y la valoración de<br />
la expresión propia de cada educando, y su actuar como ciudadano.<br />
(a.2) El derecho de los pueblos indígenas, afro-descendientes, migrantes u otras<br />
minorías culturales, a recibir una educación que incorpore su lengua y cultura<br />
El respeto a la identidad cultural y la lengua de las comunidades indígenas y/o minorías<br />
culturales está presente en parte importante d<strong>el</strong> cuerpo normativo considerado. En éste se<br />
plantea como uno de los objetivos de la política educativa ofrecer una educación intercultural<br />
bilingüe, que contribuya a preservar y fortalecer la cultura, recuperar la memoria histórica, mantener<br />
las lenguas, y a valorar diversas cosmovisiones e identidades étnicas. Estas declaraciones<br />
tienen lógicamente una mayor presencia en países con un volumen importante de pueblos<br />
originarios, en los que se alude constantemente al carácter plurinacional d<strong>el</strong> país y se busca<br />
promover una sociedad que respete las diferencias culturales como pilar de la identidad.<br />
Además, se subraya dos ejes clave: (i) la aspiración a una educación que garantice a los<br />
pueblos <strong>el</strong> acceso a la información, <strong>el</strong> conocimiento técnico y científico de la sociedad nacional<br />
y demás sociedades indígenas; (ii) una educación que fomente y propicie <strong>el</strong> diálogo intercultural,<br />
con la comunidad nacional y con las diversas culturas que coexisten en <strong>el</strong> país, es decir, a una<br />
educación que permita a todos desempeñarse activamente en un mundo multicultural.<br />
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