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PPZC-Version Abreviada

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Versión abreviada del Programa Parcial de Mejoramiento para la<br />

Zona Centro de Tijuana, BC. 2019-2034.<br />

<br />

<br />

lograr la visión estratégica que se quiere lograr para la zona; además deberá cumplir con los<br />

requerimientos de aportación al espacio urbano que le establezca el IMPLAN como medida<br />

compensatoria y alguna otra especificación que la institución considere necesaria.<br />

Deberá asegurarse que la estabilidad del suelo sea la adecuada, realizar las acciones de<br />

forestación correspondientes y contribuir con la mejora del entorno urbano y espacio público.<br />

La dotación de los servicios de infraestructura sean los adecuados de acuerdo a las<br />

características que guardará la edificación.<br />

Uso Habitacional<br />

La modalidad unifamiliar podrá permanecer dentro del área de aplicación, sin embargo, se busca<br />

transformar la zona de acuerdo a lo establecido en el Mapa 12 Estrategia de Usos de Suelo.<br />

La modalidad multifamiliar se ubicará dentro de la Zona identificada como 4 dentro del Mapa 12<br />

Estrategia de Usos de Suelo.<br />

Deberá cumplir con lo que para el caso establece el RZUSCPT, exceptuando las tablas del<br />

artículo 12, debido a que el presente programa modifica las densidades ponderadas tanto en el<br />

PDUCPT 2010-2034 como en el RZUSCPT. La densidad se establece en dos rangos y se<br />

regulará conforme a la matriz de requerimientos para la Zona 4.<br />

De existir solicitud para densificar un uso habitacional existente en edificaciones existentes o<br />

bien emplazarse en predios desocupados, deberá apegarse a las condicionantes establecidas<br />

para el uso multifamiliar; en caso de que se ubique dentro de una zona donde el uso propuesto<br />

sea el mixto, deberá cumplirse con dicha modalidad y las condicionantes establecidas bajo las<br />

cuales deberán realizar las acciones de urbanización.<br />

Se prohíbe la vivienda productiva en cualquier modalidad del uso habitacional.<br />

Los requerimientos y restricciones frontales destinadas como espacio público y áreas verdes,<br />

deberán estar provistos de aditamentos de riego automáticos implementados por el<br />

desarrollador, a fin de mantener y dosificar el recurso del agua; además, el desarrollador estará<br />

a cargo de conservar el buen estado de dichos espacios.<br />

Se promoverá la utilización de sistemas que permitan cumplir con certificaciones de ahorro de<br />

agua, medidores de flujo, sistemas fotovoltaicos, captación de agua de lluvia y otras ecotecnias<br />

instaladas al interior de las viviendas, lo que permitirá edificaciones más amigables con el medio<br />

ambiente.<br />

Deberá cumplir con la infraestructura adecuada para la dotación de servicios acorde a la<br />

densidad a implementar.<br />

Unifamiliar<br />

<br />

<br />

Podrá emplazarse en cualquier predio establecido como habitacional.<br />

Podrá permanecer el existente dentro del polígono de aplicación; sin embargo, de existir un<br />

cambio de modalidad o uso de suelo, deberá apegarse lo propuesto para la zona dentro de la<br />

cual se aloje dicho predio, de acuerdo al Mapa 12 Estrategia de Usos de Suelo, así como a la<br />

normatividad, criterios y requerimientos estipulados para el mismo.<br />

Multifamiliar (horizontal y vertical)<br />

<br />

<br />

<br />

Podrá emplazarse en cualquier predio establecido como habitacional, bajo el cumplimiento de<br />

las condicionantes establecidas en el presente programa.<br />

Podrá permanecer el existente dentro del polígono de aplicación; sin embargo, de existir un<br />

cambio de modalidad o uso de suelo, deberá apegarse lo propuesto para la zona dentro de la<br />

cual se aloje dicho predio, de acuerdo al Mapa 12 Estrategia de Usos de Suelo, así como a la<br />

normatividad, criterios y requerimientos estipulados para el mismo.<br />

Toda acción de urbanización nueva, deberá sujetarse a lo siguiente:<br />

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