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PPZC-Version Abreviada

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Versión abreviada del Programa Parcial de Mejoramiento para la<br />

Zona Centro de Tijuana, BC. 2019-2034.<br />

aplicación, asegurando de esta manera la transformación, revitalización y detonación<br />

de la zona.<br />

Los aspectos que la conforman son los siguientes:<br />

Características generales<br />

Define la superficie mínima para los predios, la densidad límite permitida, así como los niveles y<br />

altura límite que podrán tener las edificaciones de cada zona.<br />

Restricciones de espacio abierto<br />

Con la finalidad de aumentar los espacios públicos y áreas verdes dentro del polígono de<br />

aplicación, así como mitigar el impacto de la verticalidad de los edificios, es que se<br />

establecen restricciones tanto a nivel de banqueta como de remetimiento (escalonamiento)<br />

del edificio. Se definen en torno a la Sección Vial (SV) la cual es variable dentro de cada una<br />

de las zonas, de acuerdo a ella es que se estipula a partir de qué nivel las edificaciones<br />

deberán escalonarse.<br />

Las restricciones se definen con base a la altura deseada a desarrollar, y se catalogan de la<br />

siguiente manera:<br />

1) Restricción total (RT): Aquella que deberá guardarse a partir del límite de propiedad de la<br />

acera que se encuentra frente al lote hasta la parte más alta del edificio a construir; para lo<br />

cual se multiplica el número de niveles por 2.<br />

2) Restricción de remetimiento (R2): Define el primer escalonamiento que deberá tener el<br />

edificio a construir, en caso de buscar desarrollar la altura máxima permitida para la zona. En<br />

este caso se multiplica por 2 el segundo rango de nivel establecido para la zona, posterior al<br />

nivel límite sin restricción de escalonamiento y anterior al RT del nivel límite.<br />

3) Restricción a nivel de calle (R1): Establecido primordialmente para alojar espacios de uso<br />

público y/o áreas verdes, propiciando a través de esta restricción la consolidación de la red<br />

de espacios urbanos. Se calcula con relación a rangos de niveles de construcción, para lo<br />

cual se establece un porcentaje en relación al total de la superficie del predio.<br />

Aspectos urbanos<br />

Establece el uso de suelo, la mezcla de modalidad de vivienda a ofertar, la servidumbre lateral o<br />

posterior y el porcentaje de área verde mínimo que deberá destinarse en relación a la<br />

restricción a nivel de calle.<br />

Puntuación por niveles de edificación<br />

Define la cantidad de puntos que deberá acumularse según el número de niveles que el<br />

desarrollador pretenda construir, partiendo del nivel base permitido para la zona en relación<br />

a la SV; cada nivel posterior a éste representa 5 puntos, pudiendo llegar a acumular el<br />

máximo según el límite permisible.<br />

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