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PPZC-Version Abreviada

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natural, mala ubicación.<br />

Versión abreviada del Programa Parcial de Mejoramiento para la<br />

Zona Centro de Tijuana, BC. 2019-2034.<br />

Mantenimiento: Este se realizará de acuerdo a programas emanados de planes de mantenimiento<br />

establecidos por la autoridad correspondiente dedicadas al mantenimiento de la vía pública, se<br />

pondrá especial atención en el mantenimiento preventivo el cual se realizará con el objetivo de<br />

conservar el dispositivo y mantener la calidad del servicio con el cual fue colocado inicialmente.<br />

Estacionamientos<br />

El Artículo 112 del Reglamento a la Ley de Edificaciones para el Muncipio de Tijuana (RELMT)<br />

concierne a los mínimos de cajones de estacionamiento. Asimismo prevé que en casos donde<br />

existan programas de desarrollo urbano con disposiciones para estacionamientos, podrán ser válidas<br />

dichas disposiciones.<br />

Con fundamento en lo anterior se emiten las siguientes Normas de estacionamiento:<br />

Norma 1. Para uso habitacional unifamiliar con superficie de construcción de hasta 120.00 m², se<br />

requerirá un cajón por vivienda; y para superficie construcción mayor a 120.00 m², dos por vivienda.<br />

Norma 2. Para uso multifamiliar, el mínimo será de uno por cada dos viviendas de hasta 65.00 m²<br />

mientras se demuestre que existe cobertura de transporte público accesible peatonalmente a menos<br />

de 300 metros, así como estableciendo reglas para evitar que en sustitución de la falta de cajones,<br />

se ocupe la vía pública de manera desordenada, mediante la existencia de parquímetros en al menos<br />

una de las calles de la manzana. Estas viviendas deberán estar concebidas para personas que no<br />

tengan necesidad de un cajón de estacionamiento.<br />

Norma 3. Para usos comerciales y de servicios, cuando se demuestre que existe cobertura de<br />

transporte público accessible peatonalmente a menos de 300 metros así la existencia de<br />

parquímetros en al menos una de las calles de la manzana, el mínimo será de 1 cajón por cada 50<br />

m2.<br />

Norma 4. Dentro del polígono del Centro Histórico (Definido en el Mapa 8), se podrá exentar a los<br />

desarrollos de incorporar cajones de estacionamiento, siempre y cuando:<br />

<br />

<br />

<br />

Se obtenga una resolución favorable por la evaluación de Estudio de Impacto Vial por<br />

IMPLAN, donde se demuestre que existe oferta pública o privada de cajones de<br />

estacionamiento cercanos.<br />

Se incorporen al proyecto espacios y equipamiento para albergar un mínimo de<br />

estacionamientos de bicicletas equivalente al número de cajones de estacionamiento que se<br />

debieran requerir según el RELMT o las Normas de estacionamiento 1, 2 y 3, multiplicado<br />

por dos.<br />

El proyecto presente en su diseño una planta baja activa, con espacios abiertos al peatón<br />

que transita la banqueta y con una integración de accesos peatonales seguros.<br />

Asimismo, se propone realizar ajustes normativos para propiciar máximos de cajones de<br />

estacionamiento, en las zonas con mayor consolidación de los servicios urbanos y de transporte,<br />

congestionamiento vial y de cobertura de infraestructura. Cuando los desarrolladores excedan dicho<br />

máximo, se deberá aplicar un mecanismo de Adquisición de Derechos de Desarrollo para destinar<br />

un pago a un fideicomiso especial creado para administrar dichos recursos.<br />

Imagen Urbana<br />

La restricción frontal de la construcción en los usos habitacionales localizados en esquina, se aplica<br />

una sola vez, sobre la calle más importante.<br />

Toda acción urbana y de edificación deberá permitir el acceso de los servicios públicos de limpia,<br />

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