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menores vulnerables: desprotección y responsabilidad penal - ceesg

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Benestar por el que la asociación se compromete a ejercer la guarda de los <strong>menores</strong> que la<br />

Vicepresidencia resuelva ingresar en las Casa-Hogares, ejecutando con cada menor un plan<br />

individual de intervención. A su vez la Vicepresidencia se compromete a aportar toda la<br />

información requerida sobre los <strong>menores</strong> ingresados, a apoyar la tarea formativa del equipo<br />

educativo del centro y a facilitar los recursos financieros conveniados.<br />

Las viviendas tienen unas dimensiones instalaciones y equipamientos suficientes<br />

y adecuados para dar respuesta a las necesidades de los <strong>menores</strong> que residen en las<br />

mismas. Y es así que los pisos son aptos para que los <strong>menores</strong> puedan desarrollar las<br />

actividades de su vida diaria así como las formativas, lúdicas, grupales y de reunión con<br />

sus familiares y amigos. Como decíamos se trata de viviendas normalizadas, semejantes a<br />

los de una familia de clase media, con mobiliario y decoración apropiado así como<br />

adecuadas instalaciones siendo bueno su mantenimiento y conservación. Es así que resulta<br />

un ambiente cómodo y confortable para los <strong>menores</strong>.<br />

Cada vivienda consta de 120 m 2 útiles aproximadamente, con 3 habitaciones<br />

triples (litera con cama nido), una habitación individual para educadores, salón (para ocio y<br />

estudio), 2 baños, una cocina amplia y bien equipada que se usa también como comedor.<br />

En la cocina de Berce I se elabora la comida para los dos centros.<br />

Las casas se financian principalmente con fondos de la subvención que destina la<br />

Xunta de Galicia (Vicepresidencia da Igualdade e do Benestar). Esta subvención es<br />

renovable anualmente, como en los demás centros, por medio de contrato entre la<br />

Vicepresidencia y la Asociación Berce.<br />

Población atendida.<br />

Las Casas de Familia “Berce” I y “Berce” II atienden a <strong>menores</strong> que por diversas<br />

circunstancias socio-familiares se encuentran en situación de riesgo, desamparo o<br />

marginación y que por tanto requieren de la protección de la administración, bien sea bajo<br />

la forma de guarda o de tutela.<br />

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