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menores vulnerables: desprotección y responsabilidad penal - ceesg

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Derechos y Libertades.<br />

Se han detectado algunos incumplimientos respecto a lo preceptuado sobre<br />

restricción de derechos a los internos sancionados y a reconocimientos y visitas<br />

médicas/psicológicas, tan y como se ha puesto de manifiesto en este informe.<br />

Asistencia y defensa del menor. El abogado de oficio.<br />

De los datos recabados en los centros y con los <strong>menores</strong> resulta que en los<br />

procedimientos judiciales de <strong>menores</strong>, un 95% de los letrados son de oficio, habiéndose de<br />

señalar el escaso número de visitas que éstos realizan a los centros para preparar la defensa<br />

de su cliente. Si a esto se le añade que a veces cuentan con escasos conocimientos<br />

especializados sobre la jurisdicción del menor y que no existe coordinación entre ellos y<br />

los educadores de los centros a los fines de conseguir una completa defensa jurídicoeducativa,<br />

resulta que, salvo excepciones, la asistencia y defensa que prestan los abogados<br />

de oficio a los <strong>menores</strong> internos es deficiente y no efectiva conculcando su derecho de<br />

defensa.<br />

En la fase de ejecución tampoco es frecuente que los abogados, en su gran<br />

mayoría de oficio, soliciten la sustitución de la medida en los términos previstos en el art.<br />

51 de la Ley.<br />

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