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menores vulnerables: desprotección y responsabilidad penal - ceesg

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A este respecto la Consellería de Educación e Ordenación Universitara, en<br />

coordinación con la Vicepresidencia da Igualdade e do Benestar, debería tomar las<br />

medidas oportunas a los fines indicados.<br />

- En el ámbito sanitario, además de las enfermedades comunes a todos los niños, los<br />

residentes suelen presentar importantes alteraciones, lesiones y secuelas psicológicas<br />

y/o psiquiátricas debido a las duras situaciones de las que provienen. Por ello son<br />

precisos, no solo la pronta atención sanitaria a través de la cobertura de la Seguridad<br />

Social sino también la educación para la salud y los tratamientos complementarios<br />

(psicológicos, psiquiátricos, buco–dentales), sin que puedan existir impedimentos<br />

presupuestarios en el supuesto de no contar con dicha cobertura. A este respecto la<br />

Consellería de Sanidade, en coordinación con la Vicepresidencia da Igualdade e do<br />

Benestar, debería tomar las medidas oportunas a los fines indicados.<br />

Asimismo y en aras a evitar la perjudicial estancia prolongada e innecesaria de<br />

muchos <strong>menores</strong> en los centros y conseguir que puedan ensayarse otras vías de<br />

acogimiento familiar o adopción, especialmente con los niños de menor edad, se<br />

recomienda que:<br />

- Por los equipos técnicos de <strong>menores</strong> no se haga un sobre-exceso de defensa de los<br />

derechos de la familia en detrimento de los derechos de los <strong>menores</strong>. Y es que el<br />

exceso de oportunidades –que se materializa en años de planes de trabajo fracasados<br />

con los familiares– ofrecidas en ocasiones por los equipos técnicos a los padres que<br />

han demostrado un absoluto desinterés por sus hijos sin que exista expectativa alguna<br />

de vuelta con ellos, provoca que pase el tiempo para los <strong>menores</strong> y que se queden sin<br />

poder aprovechar posibles alternativas a la propia familia y al centro (adopción y<br />

acogimientos) que podrían suponer una solución de su futuro.<br />

- Se confeccione un protocolo de cumplimiento efectivo para los equipos de <strong>menores</strong><br />

que establezca que los planes de trabajo con las familias en el momento inicial de las<br />

medidas de protección residencial han de tener objetivos claros y evaluables en un<br />

plazo máximo de 18 meses. Cumplido este plazo, los equipos de <strong>menores</strong> estarían<br />

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