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menores vulnerables: desprotección y responsabilidad penal - ceesg

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13. El acogimiento residencial.<br />

Breve apunto histórico.<br />

Las instituciones específicas para la infancia surgen a partir del siglo XVI, con<br />

las casas de expósitos o inclusas, donde se recogían <strong>menores</strong> abandonados, y con la<br />

implantación de los hospicios –paradigma de la institucionalización– a finales del siglo<br />

XVIII, que tenían el mismo fin. Esas instituciones o macroresidencias, carentes de una<br />

visión integral de las necesidades del menor, serán las encargadas de la atención de la<br />

infancia desprotegida hasta principios de los años 80, en el siglo pasado.<br />

Los centros se caracterizaban por su marcado cariz de beneficencia, la<br />

masificación de los internos, la dispersión y descoordinación de los recursos, la no<br />

planificación de los mismos, un personal poco cualificado y de diferentes procedencias y<br />

unas instalaciones de calidad muy dispar, tal y como lo hizo constar el Defensor del Pueblo<br />

en su Informe de 1991. Entonces eran el único recurso con el que se contaba para proteger<br />

a la infancia y a la adolescencia con la consiguiente institucionalización del menor y un<br />

resultado a veces indeseable que ha dado lugar a todo tipo de referencias literarias y<br />

cinematográficas.<br />

En la década de los 80, se produjo un giro copernicano en la filosofía que ha de<br />

servir de eje para el tratamiento de <strong>menores</strong> abandonados, que coincide con la asunción de<br />

competencias por parte de las comunidades autónomas en materia de servicios sociales. A<br />

ello se añadió una política institucional para intentar dotar de coherencia y de coordinación<br />

a la amalgama desordenada de recursos existentes<br />

Esta reestructuración no se produjo de forma casual, sino con motivo de la<br />

aparición de tendencias y principios teóricos y normativos, nacionales e internacionales,<br />

que consagraron el derecho del menor a la protección integral, pasando los niños de ser<br />

objeto de protección a ser sujeto de derechos.<br />

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