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menores vulnerables: desprotección y responsabilidad penal - ceesg

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Por otra parte entendemos que sería conveniente que el centro contase con una<br />

unidad convivencial para observación donde pudieran residir provisionalmente los<br />

<strong>menores</strong> que ingresan de nuevo y los que reingresan. Asimismo pudiera ser oportuno que<br />

las habitaciones de contención y segregación de grupo se situaran en dicha unidad<br />

convivencial de observación; debiendo tener características análogas a las de los internos<br />

cualquiera que sea la unidad convivencial en la que se sitúen.<br />

En conclusión y de corregirse las deficiencias mencionadas, se podría afirmar que<br />

el centro reúne condiciones apropiadas para ser centro de <strong>menores</strong> en régimen de reforma.<br />

Por lo que se refiere a las actividades ocupacionales y de reinserción, no nos es<br />

posible llegar a una conclusión general debido a la ya citada falta de memoria de<br />

actividades del año 2005, período al que se circunscribía nuestro examen, ello no es óbice<br />

para mencionar que en el centro existe una programación y horario de actividades a<br />

realizar por los internos. Se debe destacar positivamente la existencia en el centro de<br />

pretalleres de formación de mecánica, textil y jardinería y, la conveniencia de que se creen<br />

más pretalleres como los anunciados de panadería, electricidad y fontanería mediante el<br />

programa europeo Prisma–Miliaria. Asimismo sería conveniente que dichos talleres<br />

tuvieran carácter productivo y que se impulsase la creación de talleres laborales que<br />

permitan que los internos salgan en libertad con un título oficial que los capacite<br />

laboralmente.<br />

Por lo que respecta al personal se constata que el cuadro de educadores cumple<br />

con la ratio que establece la Orden de 26 de agosto de 1996. Se trata de un cuadro de<br />

personal en general joven y motivado con su trabajo diario.<br />

Se debe valorar de forma positiva la autorización de la Vicepresidencia da<br />

Igualdade e do Benestar para contratar un servicio de urgencia médica las 24 horas a los<br />

fines anteriormente mencionados.<br />

Debería estudiarse la conveniencia de que la psicóloga a tiempo parcial del centro<br />

lo fuese a tiempo completo así como también que en la composición de los turnos de noche<br />

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