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DERECHOS DE LAS MUJERES y DISCURSO JURíDICO

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Reflexiones acerca del litigio en materiade géneros y sexualidades1.IntroducciónPaula Viturro 1La cordial invitación que me formulara el Equipo Latinoamericano de Justiciay Género (ELA), para reflexionar acerca del cumplimiento de los derechosde quienes se apartan de la heteronormatividad, a partir de los fallosque integran el Observatorio de Sentencias Judiciales del año 2009, es unatarea complicada por diversos motivos, todos ellos de índole ideológica.El presente trabajo es sólo un rápido repaso de esos problemas a los quenos enfrentamos quienes trabajamos en el activismo antidiscriminaciónen el ámbito del derecho, sea a través del litigio judicial, la reforma legal,o bien como investigadoras/es en el marco de proyectos cuyas fuentesprimarias son las sentencias judiciales.Utilizaré como disparador, dos de los fallos que integran el Observatorio.Ambos fueron dictados en el marco de acciones promovidas por mujereslesbianas. 2 En el primer caso se trata de una sentencia interlocutoria deprimera instancia que hace lugar a la medida cautelar solicitada en el marcode un proceso de amparo, cuyo objeto es la cobertura económica porparte de la obra social de un tratamiento de fertilización in vitro. 3 En el segundo,la sentencia tiene por objeto hacer lugar al pedido de autorizaciónformulado por una mujer lesbiana presa, con el objeto de recibir visitasíntimas por parte de su pareja. 41.1. Del métodoAntes de ingresar en el análisis de las particularidades de los casos mencionados,es necesario señalar una dificultad metodológica. Si bien ella seguramentese les presentó de manera más acuciante a quienes trabajaronen la tarea de relevamiento de las sentencias que integran el Observatorio,es importante destacarla porque es común a todas las investigacionescuyas fuentes primarias son fallos judiciales.1 Docente del Departamento de Filosofía, Fac. de Derecho (UBA). Codirectora del proyecto de investigación “Cuerpos indómitos,violencia biopolítica. Narración y representación de desaparecidos, locos, travestis e intersex”, en el marco de losproyectos bienales 2008/10 UBACYT (categoría “Investigadores Formados”), Instituto de Investigaciones Gino Germani,Fac. de Ciencias Sociales, (UBA). Coordinadora del área “Tecnologías del género” del Centro Cultural Rector Ricardo Rojas(UBA), activista feminista.2 A partir de la obra de Wittig (1992), parte de la teoría lésbica impugnó el término mujer razón por la que la calificación de“mujeres lesbianas” puede ser inapropiada. Dado que los fallos nada dicen los acerca de la forma en la que las litigantesse identifican, opté por la calificación más habitual aunque no por ello menos problemática. Sobre las tensiones identitariasque al respecto se dieron al interior del feminismo volveré mas adelante.3 “P., M. E. y otros contra OSCBA (Obra Social de la Ciudad de Buenos Aires) sobre Amparo (art. 14 CCABA)”, sentencia del24/11/2009.4 “Pistillo, Rosa Gisella s/ autorización visitas”, sentencia del 11/12/2009.113

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