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DERECHOS DE LAS MUJERES y DISCURSO JURíDICO

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El Tribunal confirmó la sentencia de la instancia inferior aún a pesar de ladesmentida de los hechos por parte de la víctima, ya que consideró que habiendosido fuertemente sometida por la personalidad del acusado, tantofísica como psíquicamente a través de discusiones y actitudes violentas,eran suficientes las pruebas aportadas por los diferentes testigos.El problema de las pruebas en los casos de violencia en relaciones interpersonaleses habitualmente tratado por los tribunales de justicia. Lavaloración que se hace de la palabra de las mujeres cobra central relevancia,en ausencia de otros medios de prueba difíciles de lograr en este tipode delitos. Un caso de la Corte de Justicia de la Provincia de Catamarcaseñala la cuestión en estos términos, al sostener que no cabe duda de laveracidad del relato de la víctima: 25… porque no existía razón alguna para que J.B.R. intentara tan grave acusacióny fuera promotora de una denuncia penal, siendo que quería y le daba un tratofamiliar al imputado y menos aún, si no existió relación sexual de la que despuéspudiera arrepentirse.La defensa cuestiona la credibilidad de la víctima, amparándose en el informepsicológico, sobre el que el tribunal sostiene que, si bien es cierto quedicho instrumento no estableció concluyentemente si el relato es veraz, elestado de tensión es compatible con el trauma y que… si bien puede aportar elementos, no es función del psicólogo suplir la actividaddel juzgador en la determinación de la existencia o no del hecho, tampoco susinformes resultan de carácter vinculante cuando, como en el caso, el materialvalorado en un contexto fáctico comprobado, mediante el sistema de las libresconvicciones, llevan a una conclusión afirmativa sobre el evento criminoso.De un modo similar, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirma lasentencia que condena a un imputado a seis años de prisión, por ser autorpenalmente responsable del delito de abuso sexual en perjuicio de su hijaadolescente. 26 Tras sucesivos recursos, la Corte expresa que la decisiónfue fundada, y lo destacable del fallo es la valoración que hace de la declaraciónde la víctima:Esta prueba adquiere particular relevancia en esta clase de delitos, donde no sepuede pretender una pluralidad de testigos ni pruebas gráficas o documentales,toda vez que en la mayoría de los casos se trata de acciones cometidas al amparode una situación de soledad de los protagonistas, de imposición de poderdel más fuerte sobre el más débil, con complejas interrelaciones, difíciles dereconstruir históricamente.25 Garay Roberto Carlos p.s.a. abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal en concurso real, Corte de Justiciade la Provincia de Catamarca, del 29.05.2009. Disponible en http://www.advaserver.com/a2/index.cfm?fuseaction=MUESTRA&codcontenido=227&plcontampl=3&aplicacion=app003&cnl=3&opc=4. Visitado el 30.08.2010.26 Se trata del caso Oscar Raúl Barros s/abuso sexual, resuelto por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 10.03. 2009.Disponible en http://www.advaserver.com/a2/index.cfm?fuseaction=MUESTRA&codcontenido=201&plcontampl=3&aplicacion=app003&cnl=3&opc=4. Visitado el 30.08.2010.61

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