Es la defensa de intereses colectivos (ya sean divisibles o indivisibles)lo que habilitan la acción colectiva. Por tanto, la llave de la legitimaciónactiva de una asociación, es la representación de intereses colectivos queresultan afectados y dan lugar a una causa judicial, y no, como pretendela demandada, la representación de afectados o interesados afiliados a laasociación representante.La interpretación del alcance de la legitimación activa en el caso se asientaen dos sub-textos teóricos que vale la pena resaltar. Por un lado puedeverse el alejamiento de la tradición procesal individualista, basada enla acción y promoción individual o asociativa, hacia una nueva corrienteprocesal de acciones colectivas. Esta última, está basada en la idea deprotección de intereses supra-individuales, o de intereses individuales homogéneos,y permite acciones que funcionan como dispositivos sensiblesa los obstáculos de acceso a la justicia de los interesados.Por otro lado, supone reconocer lo que se llama una “representación extraordinaria”,en cuanto es ejercida por quienes no son titulares de la relaciónjurídica debatida en el proceso, y defienden un derecho ajeno, o deausentes en el proceso. 22 La Corte Suprema entendió que en estos casoses necesario tener especial cuidado en resguardar el derecho de defensaen juicio de los que no están presentes. En función de ello entendió necesariotomar ciertos recaudos para asegurar que la representación seaadecuada, y la representante idónea.El juez consideró que en el caso había representación adecuada e idoneidaden base al hecho del respaldo institucional recibido por la UniversidadNacional de Salta y el INADI. En fin, las dos mujeres líderes que avalaban lacausa, sumaron las fuerzas necesarias para que las puertas de la justiciaterminaran de abrirse al interés de las mujeres salteñas en penetrar unterritorio ocupacional tradicionalmente masculino.2.2. Territorios, suelos y techos ocupacionalesEl hecho de que existan ámbitos de inserción laboral diferenciados para hombresy mujeres, aparece muchas veces ante nuestros ojos como un datode la realidad, revistiendo en algunos casos el carácter de lo “natural”. Noobstante, la existencia de estos territorios laborales diferenciados puede serconsiderada de manera compleja, como el resultado de procesos que quedansolapados bajo la apariencia de lo natural, tal es el caso de la socializacióndiferencial de varones y mujeres que implica un aprendizaje social acerca delos roles, las representaciones y las prácticas adecuadas para cada sexo.fueron contratadas) el caso sería un caso colectivo, pero del segundo tipo. Es decir, en representación de intereses homogéneosdivisibles. Ese no es el caso en análisis aquí.22 En el caso el derecho a la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, como el derecho a un bien colectivo, es underecho compartido por todas las mujeres salteñas en actividad (mas de 14 años buscando trabajo), aunque se trate de ungrupo evidentemente heterogéneo, y con intereses más o menos fuertes en relación a la litis de este caso. Como todo bienpúblico, es trans-generacional, y sin duda, y el grado de protección actual afectará también a las generaciones futuras.78
En los argumentos esgrimidos por los demandados en el caso, se ponenen evidencia las conexiones que existen entre esos procesos de socializacióny la segmentación sexual del mercado laboral. Así, los abogados detres de las empresas demandadas sostienen que:sus mandantes no han discriminado en la elección del personal de conducción,y que ni siquiera tuvieron la posibilidad de hacerlo ya que nunca se presentóuna mujer a pedir trabajo como chofer, o por lo menos nunca que estuvieracapacitada o contara con la habilitación requerida para el cumplimiento de talfunción. Entiende que no se puede confundir seleccionar en base a idoneidadcon discriminación, y que la Sra. Sisnero no puede pretender ser chofer decolectivos cuando su única experiencia laboral anterior lo fue como peluquera yguardia de seguridad, y que contar con un carnet no la habilita para ser consideradacomo una persona idónea. […] Afirman que es indiscutible que el hombrey la mujer no son iguales, y por más que a la mujer se le otorguen los mismosderechos como ser humano, físicamente son distintos lo que conlleva a unadiferencia de tratamiento. 23Es interesante revisar la primera parte del argumento, donde se sostieneque “Nunca se presentó una mujer a pedir trabajo de chofer”, ya que lacuestión de la falta de demanda de trabajos tradicionalmente consideradoscomo ocupaciones masculinas (tal es el caso de los chóferes de transportepúblico en nuestro país) evidencia una selección que se ha llevado a cabocon anterioridad y en diversos ámbitos de la vida.Un ejemplo de cómo funciona esta preselección social en términos degénero ha sido desarrollado por Susan Moller Okin al subrayar los efectosque tiene la anticipación del matrimonio en la situación de vulnerabilidadde las mujeres, especialmente en el ámbito laboral. Para Moller Okin elideal del matrimonio como expectativa tiene un peso fundamental en lasdecisiones acerca de la educación y el empleo, llevando a concebir la participaciónde las mujeres en el mercado de trabajo como complementaria,secundaria y subordinada a la responsabilidad primaria del cuidado de losniños y la familia. 24La forma en que los ideales de género tradicionales moldean (limitan oamplían) los horizontes de expectativas en los diferentes ámbitos de lavida (familiares, educacionales, laborales) nos lleva directamente a la segundacuestión dentro del argumento: “por lo menos nunca [se presentóuna mujer] que estuviera capacitada”. Un efecto de los procesos de socializacióndiferenciales entre hombres y mujeres es la diferencia en el tipode habilidades desarrolladas y la calificación en determinadas actividadesresultante. Estudios realizados en el ámbito de las empresas que trabajanen el desarrollo de software (con tasas muy bajas de ocupación de muje-23 Dres. H. Irigoyen y A. Velarde en el carácter de apoderados de las codemandadas Transporte San Ignacio S.R.L., TransporteLagos S.R.L., Transal S.R.L. y ALE Hnos. S.R.L. Extracto del fallo. El énfasis es propio.24 Por el contrario para los varones el ideal del matrimonio funciona como expectativas de ocupar el lugar de proveedorprincipal de la familia que es lo que se espera de los padres y esposos. Okin, Susan, 1989.79
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