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Especial PRESUPUESTOS 2011 - CISS

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Esquemas novedades <strong>2011</strong>Se incrementa en un 1% los coeficientes de actualización del valor de adquisición debienes inmuebles no afectos a actividades económicas.Y se regulan las compensaciones por la pérdida de beneficios fiscales que afectan adeterminados contribuyentes con la vigente Ley del Impuesto sobre la Renta de las PersonasFísicas: los adquirentes de vivienda habitual y los perceptores de determinados rendimientosdel capital mobiliario con período de generación superior a dos años en 2010 respecto a losestablecidos en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas vigentehasta 31 de diciembre de 2006.Se suprime desde 1 de enero de <strong>2011</strong> la deducción por nacimiento o adopción de hijo, elfamoso “cheque bebé” de 2.500 euros. Para nacimientos o adopciones de 2010 se mantienesiempre y cuando se inscriba al hijo en el Registro Civil antes del 31 de enero de <strong>2011</strong>.Se establece la compensación fiscal por percepción de determinados rendimientos del capitalmobiliario con período de generación superior a dos años en el período impositivo 2010.— En el IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES la principal medida introducida se dirige alas pequeñas y medianas empresas. Así, se permite que las entidades de reducida dimensiónpuedan seguir disfrutando del régimen especial que les resulta aplicable durante los 3ejercicios inmediatos siguientes a aquél en que se supere el umbral de 8 millones de eurosde cifra de negocios que posibilita acogerse al régimen, medida que se extiende al supuestoen que dicho límite se sobrepase a resultas de una reestructuración empresarial siempreque todas las entidades intervinientes tengan la antedicha condición. Esta medida se complementacon la exención por la modalidad de operaciones societarias del Impuesto sobreTransmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de las ampliaciones de capitalque realicen en <strong>2011</strong> y 2012. Señalar respecto a esta última medida y a la del umbral de 8millones de euros de la cifra de negocios que las mismas han sido derogadas por el RDLey14/2010, de 23 de diciembre, ya que contradicen lo establecido en el RDLey 13/2010, de 3diciembre. Es por ello que el anteriormente citado RDLey 14/2010 da redacción nuevamenteal apartado 4 del artículo 108 del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades,elevando el umbral del importe de la cifra de negocios a 10 millones de euros.Se fijan los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios en los supuestos de transmisióny se regula la forma de determinar los pagos fraccionados del Impuesto durante elejercicio <strong>2011</strong>.Con el objeto de adaptar la normativa interna al ordenamiento comunitario, se procede aadecuar la regulación de la deducción del fondo de comercio financiero.Y se prorroga para el año <strong>2011</strong> la aplicación de la deducción prevista por los gastos einversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de lacomunicación y de la información, y su tratamiento como gastos de formación en el Impuestosobre la Renta de las Personas Físicas.Se modifica la deducción por doble imposición sobre dividendos de fuente interna en elImpuesto sobre Sociedades, estableciéndose los supuestos en que la misma será del 100%.— El IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES, con la finalidad de adecuarel ordenamiento interno a la jurisprudencia comunitaria, se equipara el porcentaje de participaciónexigido para que queden exentos los dividendos distribuidos por las sociedades filialesresidentes en España a sus sociedades matrices residentes en otros Estados miembrosde la Unión Europea o a sus establecimientos permanentes, con el porcentaje de participaciónrequerido por la normativa del Impuesto sobre Sociedades en lo relativo a la aplicaciónde la deducción del 100% para evitar la doble imposición interna en el pago de dividendos.39

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