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LENGUA CASTELLANA

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314 GRAMÁTICA <strong>CASTELLANA</strong><br />

género, y la y lo, las y los como acusativos de singular y de plural<br />

con distinción de género, como se ve en los siguientes ejemplos: el<br />

juez prendió a un ladrón, LE tomó declaración y LE notificó la sentencia;<br />

el juez prendió a una gitana, LE tomó declaración y LE notificó la<br />

sentencia; donde la forma le, en dativo, se refiere indistintamente al<br />

masculino ladrón y al ítratnmo gitana, pues ni ésta ni aquél son el<br />

-complemento directo de la acción del verbo, sino los substantivos<br />

declaración y sentencia. Asimismo diríamos les en vez de le en los<br />

dos ejemplos anteriores, si en vez de un ladrón dijera unos ladrones,<br />

y en vez de una gitana, unas gitanas. Pero en el acusativo de<br />

plural no puede admitirse la confusión del género, y así, diremos:<br />

el juez tomó declaración a unos ladrones y -LOS condenó; el juez tomó<br />

declaración a unas gitanas y LAS condenó. Y sería de desear que en<br />

el acusativo de singular se hiciese la misma^ distinción, diciendo: el<br />

juez tomó declaración a un ladrón y LO condenó, y el juez tomó declaración<br />

a una gitana y LA condenó, dejando la forma le sólo para el<br />

dativo.<br />

247. El pronombre de tercera persona tiene otra forma que requiere<br />

más detenida explicación y que no debe confundirse con su<br />

homónima del pronombre reflexivo se. A la pregunta: ^Quévs, debe<br />

entregar Pedro a Juan?, contestamos hoy diciendo: Todo SE lo debe<br />

entregar; pero hablando la lengua antigua, diríamos, como, se dice<br />

en la traducción del Fuero Juzgo (L. V, t. III, 1. i.'), todo LE lo deve<br />

entregar; donde vemos que al dativo le de la pregunta corresponde<br />

el mismo dativo le de la respuesta en la lengua antigua, y se en la<br />

moderna. Este se no es el se del pronombre reflexivo, sino el le antiguo<br />

que en él se ha transformado. Es decir, que en los casos en que<br />

el pronombre le en función de dativo venía a juntarse con las formas<br />

de acusativo la y lo, las y los, cambió en se a través de las formas<br />

intermedias lie, ie, ge; y en vez de decir diólelo, le lo debe entregar,<br />

decimos dióselo, se lo debe entregar. Del mismo modo, en plural,<br />

en vez de decir dióleslo, se dijo diólleslo, como se dice aún hoy en<br />

leonés; y asimilada la s de les a la / de lo, como sucede cuando decimos<br />

hoy en la pronunciación rápida todo los hombres por todos los<br />

hombres, se dijo por fin dióselo, confundiendo la forma de plural con<br />

la de singular.<br />

248. a) Para evitar la ambigüedad que ofrece en su construcción<br />

la forma se del personal de tercera persona, solemos emplear las<br />

formas tónicas del mismo pronombre con preposición, y así, decimos:<br />

SE lo di K ÉL, o A ELLA, A ELLOS, A ELLAS, según sc trate de un<br />

masculino o femenino en singular o en plural,<br />

b) También se suelen emplear las formas tónicas con las átonas

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