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Revista_Justicia_Razon_11
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JUSTICIA &<br />
Razón<br />
1 SOBRE EL ESTUDIO<br />
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) decide como Corte de Casación si la Ley ha sido bien o<br />
mal aplicada en los fallos en última o única instancia pronunciados por los tribunales del<br />
orden judicial. Admite o desestima los medios en que se basa el recurso, pero sin conocer<br />
en ningún caso del fondo del asunto 1 . En este sentido, la SCJ posee tres salas conocidas<br />
como:<br />
i) Primera Sala o Sala Civil y Comercial, que es competente para conocer y fallar los<br />
recursos de casación que se interpongan por primera vez en materia civil y comercial;<br />
ii) Segunda la Segunda Sala o Sala Penal, que conoce y falla los recursos de casación que<br />
se interpongan por primera vez en materia penal; y,<br />
iii) Tercera Sala o Sala Laboral, Tierras, Contencioso-Administrativo y Contencioso-<br />
Tributario, encargada de conocer los recursos relacionados a las materias de trabajo,<br />
inmobiliaria, contencioso administrativo y tributaria.<br />
Además, tiene las Salas Reunidas, que está compuesta por las tres Salas anteriormente<br />
mencionadas y es el órgano competente para conocer del segundo recurso de casación,<br />
con motivo de un envío realizado por cualquiera de las salas.<br />
Las decisiones de la SCJ, en funciones de Corte de Casación, establecen y mantienen la<br />
unidad de la jurisprudencia nacional 2 . En caso de que la sentencia recurrida sea casada, la<br />
SCJ envía el asunto a otro tribunal de categoría igual al que procede la sentencia. El<br />
recurso de casación permite censurar las decisiones rendidas en única o en última<br />
instancia, como resultado de un error de derecho.<br />
El presente estudio busca identificar cómo ha sido el comportamiento de los tribunales<br />
inferiores con relación a la aplicación de la ley desde el año 2010 hasta el primer<br />
semestre del año 2014. Para llevar a cabo esta tarea, se dividió el estudio en tres fases,<br />
que se explicarán a continuación: 1.1) recopilación de las sentencias, elaboración de los<br />
formularios para indexación y selección de estudiantes colaboradores, 1.2) indexación de<br />
las sentencias y creación de base de datos, 1.3) validación de la base de datos y<br />
elaboración del estudio.<br />
En lo adelante, para referirnos a los órganos de la SCJ que son objeto del estudio, lo<br />
haremos de las siguientes maneras:<br />
102<br />
1 Art. 1, Ley sobre Procedimiento de Casación Núm. 3726 de fecha 29 de diciembre de 1953, publicada en la Gaceta<br />
Oficial Núm. 7646 del 13 de Enero de 1954.<br />
2 Art. 2, Ley núm. 3726, sobre Procedimiento de Casación.<br />
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Mayo 2016<br />
año 6 • NúMERO 11 • JUNIO 2016