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Revista_Justicia_Razon_11
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JUSTICIA &<br />
Razón<br />
4 CONSIDERACIONES GENERALES<br />
• El 61.3% o menos de las sentencias penales se recurren en casación a los 30 días o<br />
menos de haber sido emitidas por la instancia a-qua. De igual modo, el 9.2% de los<br />
casos, son recurridos dentro de los 3 y 6 meses después de la sentencia del tribunal de<br />
segundo grado.<br />
• El 54.7% o menos de los recursos de casación interpuestos por ante la Segunda Sala,<br />
recibe fallo entre 6 y 12 meses después de apoderada la Sala; mientras que el<br />
porcentaje restante es fallado después de transcurrido un año de depositado el<br />
memorial de casación.<br />
• Los principales tres tipos penales contenidos en las sentencias impugnadas por ante<br />
la Segunda Sala corresponden a violaciones a la Ley núm. 241 sobre tránsito y<br />
transporte, violaciones a la Ley núm. 50-88 sobre drogas y sustancias controladas<br />
terrestre, y asociación de malhechores, con un 27%, la primera y un 7% cada una de<br />
las restantes.<br />
• El 23% de los medios de casación interpuestos en los recursos conocidos por la Sala<br />
Penal, corresponde a sentencia manifiestamente infundada; mientras que 20% y el<br />
10%, corresponde a inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica y a<br />
falta de motivación.<br />
• El 19% de las sentencias emitidas por la Sala Penal proviene del Departamento<br />
Judicial del Distrito Nacional. De este total, el 21% de las sentencias recurridas son<br />
Casadas por dicha Sala.<br />
• En el 11% de los casos conocidos por la Segunda Sala, este órgano reafirman la<br />
obligación que tienen de los jueces de motivar sus decisiones; en el 10% señalan las<br />
consideraciones sobre la apreciación del daño y monto de las indemnizaciones; y, en<br />
el 9% de los casos, la Sala se pronuncia sobre la prueba.<br />
• El 27%, 37% y 17% de los casos de las materias Contencioso-Administrativa,<br />
Contencioso-Tributaria y Laboral, respectivamente, son recurridos en casación dentro<br />
de los 31 y 45 días después de pronunciada la sentencia del tribunal a qua. Por su<br />
parte, el 24% de los casos de Tierras se recurre entre los 3 y 6 meses después de<br />
emitirse la decisión del tribunal de segundo grado.<br />
• En el caso de la Tercera Sala, el 24% de los casos de la materia Contencioso-<br />
Administrativo, es fallado dentro de los 6 y 12 meses después del depósito del<br />
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Mayo 2016<br />
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año 6 • NúMERO 11 • JUNIO 2016