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Descargar - International Committee of the Red Cross

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Junio de 2009, N.º 874 de la versión original<br />

Ese papel lo desempeñan las Altas Partes Contratantes de conformidad con la obligación<br />

dimanada del Artículo común 1. No obstante, las Partes “darán al Comité<br />

Internacional de la Cruz Roja todas las facilidades que esté en su poder otorgar<br />

para que pueda desempeñar las tareas humanitarias que se le atribuyen [...] a fin de<br />

proporcionar protección y asistencia a las víctimas de los conflictos...” 73 . En el caso<br />

Simic, el Tribunal Penal Internacional para ex Yugoslavia 74 (TPIY) reconoció la<br />

función específica del CICR en la aplicación del derecho internacional humanitario<br />

respetando su inmunidad testimonial, incluso ante tribunales internacionales, en<br />

aras de su capacidad de desempeñar esa función 75 .<br />

El CICR ha tomado varias medidas destinadas a asegurar que el derecho<br />

internacional humanitario entre en vigor antes de que estalle la guerra y fortalecer<br />

tanto la protección de las víctimas de la guerra como el respeto de las normas 76 . Por<br />

ejemplo, ha apoyado dinámicamente las medidas de aplicación nacional, así como<br />

las actividades destinadas a difundir el conocimiento del derecho pertinente. Ha<br />

organizado un servicio de asesoramiento en la sede central y sobre el terreno cuyo<br />

cometido es analizar la totalidad de las medidas encaminadas a la integración del<br />

derecho humanitario en los sistemas jurídicos nacionales 77 , y su personal examina<br />

la legislación nacional, y la doctrina, la educación y los sistemas de formación y<br />

73 Art. 81(1), PA I.<br />

74 V. TPIY, Prosecutor v. Simic et al., caso N.º IT-95-9, Decision on <strong>the</strong> Prosecution Motion under Rule 73<br />

for a Ruling concerning <strong>the</strong> Testimony <strong>of</strong> a Witness (Trial Chamber), 27 de julio de 1999, párrs. 47 y 72. V.<br />

también Stéphane Jeannet, “Reconocimiento de la regla tradicional de la confidencialidad del CICR - Una<br />

decisión importante del Tribunal Penal Internacional para ex Yugoslavia”, <strong>International</strong> Review <strong>of</strong> <strong>the</strong> <strong>Red</strong><br />

<strong>Cross</strong>, N.º 838, junio de 2000, disponible en www.cicr.org/spa/revista.<br />

75 V. Anne-Marie La Rosa, El CICR y la CPI: dos enfoques distintos, pero complementarios, para velar por<br />

el respeto del derecho internacional humanitario, entrevista disponible en http://www.icrc.org/web/spa/<br />

sitespa0.nsf/html/international-criminal-court-interview-030309 (consultado el 30 de agosto de 2010).<br />

76 A fin de prestar apoyo a las actividades realizadas por la sede central del CICR en Ginebra y por las delegaciones<br />

en situaciones de conflicto, el CICR ha establecido una red de delegaciones que abarca casi todos<br />

los países que no están directamente afectados por un conflicto armado. Actualmente, esas delegaciones<br />

regionales existen en 21 Estados, y cada una de ellas abarca varios países. Constituyen extensiones descentralizadas<br />

de la sede y cumplen el papel de relevos que le ayudan a desarrollar sus objetivos generales y<br />

sus tareas permanentes (medidas de aplicación nacional, difusión y elaboración del derecho internacional<br />

humanitario, cooperación con las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, etc.),<br />

en otras palabras, a cumplir con el cometido global del CICR establecido en el artículo 5 de los Estatutos<br />

del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Esas delegaciones deben alertar<br />

rápidamente a la sede si se presenta una emergencia y prepararse para transformarse en delegaciones<br />

operacionales durante un conflicto. La presencia de esas delegaciones posibilita el diálogo bilateral y multilateral<br />

con los Estados y con las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja con<br />

miras a fortalecer la aplicación del derecho internacional humanitario.<br />

77 El CICR estableció su Servicio de Asesoramiento en derecho internacional humanitario en 1996 con el<br />

objetivo de reforzar el apoyo que presta a los Estados comprometidos con la aplicación del DIH. Específicamente,<br />

el Servicio de Asesoramiento organiza reuniones de expertos, <strong>of</strong>rece asistencia jurídica y técnica<br />

en la incorporación del DIH en el ordenamiento jurídico nacional, alienta a los Estados a crear comisiones<br />

nacionales de DIH y asiste a esas comisiones en el desarrollo de su labor (v. Comisiones Nacionales<br />

de DIH), promueve el intercambio de información (por ejemplo, a través de su base de datos) y publica<br />

documentos especializados (por ejemplo, fichas técnicas, carpetas de ratificación, leyes modelo, informes<br />

bienales y crónicas semestrales). V. CICR, Aplicación nacional del derecho internacional humanitario<br />

DIH) y el Servicio de Asesoramiento del CICR http://www.icrc.org/WEB/SPA/sitespa0.nsf/htmlall/advisory_service_ihl?OpenDocument<br />

(consultado el 30 de agosto de 2010).<br />

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