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Descargar - International Committee of the Red Cross

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Diciembre de 2009, N.º 876 de la versión original<br />

en la cual la Cruz Roja decidía encargarse de prestar asistencia a los prisioneros de<br />

guerra de conformidad con lo estipulado en el Convenio de La Haya y se confería<br />

al Comité Internacional el cometido central de la obra de socorro en favor de los<br />

prisioneros de guerra. La resolución VI de la Conferencia de Washington disponía<br />

lo siguiente:<br />

“La IX Conferencia Internacional de la Cruz Roja, considerando que naturalmente<br />

las Sociedades de la Cruz Roja deben asistir a los prisioneros<br />

de guerra […], expresa el deseo de que dichas Sociedades organicen, ya en<br />

tiempo de paz, una “Comisión especial”, encargada en tiempo de guerra, de<br />

recoger y enviar al Comité Internacional de Ginebra los socorros que se le<br />

entreguen para los militares en cautiverio.<br />

El Comité Internacional, por intermedio de delegados neutrales, acreditados<br />

ante los gobiernos interesados, se encargará de distribuir los socorros<br />

que se destinarán a prisioneros designados individualmente, y repartirá los<br />

demás donativos entre los diferentes depósitos de prisioneros de guerra,<br />

teniendo en cuenta la intención de los donantes, las necesidades de los cautivos<br />

y las instrucciones de las autoridades militares […].<br />

Las Comisiones especiales para los prisioneros de guerra se pondrán en<br />

contacto con el Comité Internacional de Ginebra [...]” 66 ,<br />

Dos años más tarde, el estallido de la Primera Guerra Mundial pondría de<br />

relieve toda la importancia de esta resolución.<br />

La Cruz Roja y la guerra civil<br />

El derecho de la guerra nació de la confrontación en el campo de batalla<br />

entre soberanos iguales en derechos. Cuando se creó la Cruz Roja, fue natural tener<br />

presente los conflictos armados internacionales. Por último, el I Convenio de<br />

Ginebra del 22 de agosto de 1864 era vinculante sólo entre las Partes Contratantes,<br />

es decir entre Estados.<br />

Sin embargo, desde la insurrección de 1876 en Herzegovina, la Cruz Roja<br />

estuvo confrontada a la cuestión de su ámbito de acción en caso de guerra civil 67 .<br />

Pero hubo que esperar la IX Conferencia Internacional de la Cruz Roja, reunida en<br />

Washington el mes de mayo de 1912, para que se planteara la cuestión de la acción<br />

de la Cruz Roja en caso de guerra civil a la Conferencia Internacional 68 . Pero el<br />

66 Resolución VI, Neuvième Conférence internationale de la Croix-Rouge tenue à Washington du 7 au 17<br />

mai 1912, Compte rendu, Cruz Roja Americana, Washington, 1912, p. 318.<br />

67 ‘L’insurrection dans l’Herzégovine’, en Bulletin international des Sociétés de la Croix-Rouge, N.º 25, enero<br />

de 1876, pp. 1-4; ‘Une mission au Monténégro: Rapport présenté au Comité <strong>International</strong> de la Croix.<br />

Rouge par se délegués’, en Bulletin international des Sociétés de la Croix-Rouge, n.º 26, abril de 1876, pp.<br />

55-70.<br />

68 Fue por iniciativa de la Cruz Roja Americana, que había sometido a la Conferencia un informe sobre la<br />

cuestión de la intervención de la Cruz Roja en caso de guerra civil. Neuvième Conférence internationale<br />

de la Croix-Rouge tenue à Washington du 7 au 17 mai 1912, Compte rendu, pp. 45-48 et 200-203.<br />

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