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Descargar - International Committee of the Red Cross

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Toni Pfanner - Diversos mecanismos y enfoques para aplicar el derecho internacional humanitario...<br />

se considera competente para examinar no sólo la conducta de los Estados sino también<br />

la de los grupos armados no gubernamentales 184 . Sin embargo, la Corte Interamericana<br />

de Derechos Humanos opina que, si bien no puede aplicar el derecho<br />

internacional humanitario en forma directa, sí puede utilizarlo para interpretar las<br />

disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos cuando es preciso<br />

aplicarlas en tiempo de conflicto armado 185 . En contraste, el Tribunal Europeo de<br />

Derechos Humanos nunca ha hecho referencia explícita al derecho internacional humanitario<br />

en respaldo de sus fallos, incluso en casos relacionados con situaciones de<br />

conflicto armado 186 . Se ha abstenido incluso de mencionar el derecho humanitario,<br />

probablemente para evitar posibles problemas de competencia material; pero aun así,<br />

el Tribunal no ha podido evitar la referencia a conceptos directamente derivados del<br />

derecho humanitario, en particular la distinción entre combatientes y civiles 187 . En el<br />

sistema de derechos humanos de África, los tratados sobre la protección de la mujer<br />

y el niño se refieren específicamente al contexto de los conflictos armados 188 , pese a<br />

lo cual el órgano judicial, la anterior Comisión Africana de los Derechos Humanos y<br />

de los Pueblos, basó sus decisiones casi exclusivamente en el derecho de los derechos<br />

humanos. Sin embargo, en relación con el derecho a la vida, afirmó que el Estado<br />

debe adoptar todas las medidas posibles para hacer respetar el derecho internacional<br />

humanitario en una guerra civil 189 . En 2004, la Comisión fue reemplazada por la<br />

Corte Africana de los Derechos Humanos y de los Pueblos, posteriormente fusionada<br />

con la Corte Africana de Justicia para crear la Corte Africana de Justicia y Derechos<br />

Humanos 190 . Estos mecanismos aún no han entrado en funcionamiento, lo que deja a<br />

184 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Tercer informe sobre la situación de los derechos humanos<br />

en Colombia, OEA/Ser/L/V/II.102, Doc. 9 rev.1, punto 72, párr. 6, basado en AG/RES. 1043 (XX-<br />

0/90) de 1990.<br />

185 Las Palmeras, Excepciones preliminares, Sentencia del 4 de febrero de 2000, Serie C, N.º 67, párrs. 32–34;<br />

Bámaca Velásquez vs. Guatemala, nota 179 supra, párr. 207–209. El Comité de Derechos Humanos de la<br />

ONU también ha reconocido que puede tomar en consideración otras ramas del derecho internacional a<br />

fin de evaluar la licitud de las suspensiones de derechos (Observación general N.º 29: Estados de Emergencia<br />

(art. 4), UN Doc CCPR/C/21/Rev1/Add.11, 24 de julio de 2001, párr. 10).<br />

186 Acerca de la práctica del TEDH, v. William Abresch, “A Human Rights Law <strong>of</strong> Internal Armed Conflict:<br />

The European Court <strong>of</strong> Human Rights in Chechnya”, European Journal <strong>of</strong> <strong>International</strong> Law, vol. 16,<br />

2005, págs. 741–767.<br />

187 Ibíd.; Michael J. Dennis y Andre M. Surena, “Application <strong>of</strong> <strong>the</strong> international covenant on civil and political<br />

rights in times <strong>of</strong> armed conflict and military occupation: <strong>the</strong> gap between legal <strong>the</strong>ory and state<br />

practice”, European Human Rights Law Review, ed. 6, 2008, págs. 714–73; Michael Bo<strong>the</strong>, “Die Anwendung<br />

der Europäischen Menschenrechtskonvention in bewaffneten Konflikten – eine Überforderung”,<br />

Zeitschrift für ausländisches öffentliches Recht und Völkerrecht, vol. 65, 2005, pág. 615.<br />

188 Art. 11, Protocolo de la Carta Africana de los Derechos del Hombre y de los Pueblos sobre los Derechos de<br />

la Mujer en África, adoptado por la 2ª Sesión Ordinaria de la Asamblea de la Unión Africana, 11 de julio<br />

de 2003; art. 22, Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar de los Niños, doc. de la Organización de<br />

la Unión Africana CAB/LEG/24.9/49 (1990), entrada en vigor: 29 de noviembre de 1999.<br />

189 La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, Amnesty <strong>International</strong> and O<strong>the</strong>rs v.<br />

Sudán, Comm. 48/90, 50/91, 52/91, 89/93 (1999), párr. 50.<br />

190 V. Protocolo sobre el Establecimiento de la Corte Africana de Justicia y Derechos Humanos y de los Pueblos,<br />

entrada en vigor: 25 de enero de 2004, disponible en http://www.achpr.org/english/_info/court_<br />

en.html (consultado el 7 de agosto de 2009); Protocolo sobre el Estatuto de la Corte Africana de Justicia y<br />

Derechos Humanos, 1º de julio de 2008, disponible en http://www.unhcr.org/refworld/docid/4937f0ac2.<br />

html (consultado el 7 de agosto de 2009).<br />

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