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Libro Tesis Bianca Racioppe.indb - Artica – Centro Cultural 2.0

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• La Sociedad General de Autores de la Argentina (ARGENTORES): Asociación<br />

civil de carácter privado que, según la ley 20.115, representa a creadores nacionales<br />

y extranjeros de obras literarias, dramáticas, dramático-musicales, cinematográfi<br />

cas, televisivas, radiofónicas, coreofónicas, pantomímicas, periodísticas,<br />

de entretenimiento, los libretos para la continuidad de espectáculos, se<br />

encuentren escritas o difundidas por radiofonía, cinematografía o televisión, o<br />

se fi jen sobre un soporte material capaz de registrar sonidos, imágenes o imagen<br />

y sonido. Es asimismo representante de los herederos y derechohabientes<br />

de los autores y de las sociedades autorales extranjeras con las cuales se encuentre<br />

vinculada mediante convenios de asistencia y representación recíproca<br />

y única administradora de las obras mencionadas y perceptora de las sumas<br />

que devengue la utilización de los repertorios autorales indicados. Tiene a su<br />

cargo la percepción en todo el territorio de la República de todos los derechos<br />

económicos de autor emergentes de la utilización de las obras mencionadas,<br />

que sean utilizadas en representaciones públicas o difundidas por radiofonía,<br />

cinematografía o televisión o cualquier otro medio de difusión creado o a crearse<br />

en el futuro, se fi jen sobre un soporte material capaz de registrar sonidos,<br />

imágenes, o imagen y sonido, cualquiera sea el medio y las modalidades.<br />

El reparto de regalías por Derecho de autor se establece de la siguiente manera:<br />

a los autores de las obras de teatro les corresponde un 10% de lo recaudado<br />

en la boletería. Para radio y televisión los libretistas acuerdan con el medio con<br />

el que trabajan, en ese monto están comprendidos el arancel y el plus. El arancel<br />

es un porcentual que las emisoras abonan mensualmente a ARGENTORES.<br />

El plus es lo que pauta el autor y que excede al arancel. Se paga, también, a los<br />

autores por proyección en cine y en televisión. 316<br />

• La Asociación Argentina de Intérpretes (A.A.D.I.): Asociación civil que representa,<br />

dentro del territorio nacional, a los intérpretes argentinos y extranjeros<br />

y sus derechohabientes para percibir y administrar las retribuciones por<br />

la ejecución pública, transmisión o retransmisión por radio y/o televisión de<br />

sus interpretaciones fi jadas en fonogramas y reproducidas en discos u otros<br />

soportes. Es, además, la única entidad autorizada a convenir con terceros la<br />

recaudación, adjudicación y distribución de las retribuciones que perciba.<br />

• La Cámara Argentina de Productores e Industriales de Fonogramas (C.A.P.I.F.):<br />

Asociación civil que representa a los productores de fonogramas argentinos y extranjeros<br />

cuya producción sea materia de publicación, utilización o reproducción<br />

dentro del territorio nacional. Es, además, la única entidad autorizada a percibir y<br />

administrar directa o indirectamente la retribución que les corresponde a aquellos<br />

por la ejecución pública de sus fonogramas reproducidos en discos u otros soportes<br />

316 Información disponible en http://www.argentores.org.ar/12_institucional/preguntasfrecuentes.html<br />

pag. 160

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